Resolución número 10840 de 2012, por la cual se establece el procedimiento relativo a la presentación y revisión de firmas para la revocatoria del mandato de Gobernadores y Alcaldes - 24 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 412975954

Resolución número 10840 de 2012, por la cual se establece el procedimiento relativo a la presentación y revisión de firmas para la revocatoria del mandato de Gobernadores y Alcaldes

EmisorVarios - Organización Electoral
Número de Boletín48654

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren las Leyes 131 y 134 de 1994, el Decreto 1010 de 2000 y la Ley 741 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los fines esenciales del Estado señalados en el artículo 2º de la Constitución Política; es el de facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan en la vida política y administrativa.

Que el artículo 40 de la Constitución Política, dispone que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, elegir y ser elegido, y participar en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática, incluyendo la revocatoria del mandato consagrada en el artículo

103 de la Carta.

Que la Constitución Política en su artículo 120 define que la Organización Electoral "(...) Tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relativo a la identidad de las personas".

Que la Carta Política en su artículo 266 indica que el Registrador Nacional del Estado Civil "...ejercerá las funciones que establezca la ley, incluida la dirección y organización de las elecciones (.)".

Que de acuerdo con lo anterior, el Código Electoral (Numeral 2 artículo 26 Decreto 2241 de julio 15 de 1986) dentro de las funciones del Registrador Nacional del Estado Civil se encuentra "Organizar y vigilar el proceso electoral".

Que en virtud del Decreto 1010 de junio 6 de 2000, por el cual se establece la organización interna de la Registraduría y se fijan las funciones de sus dependencias, el artículo 35 numeral 3 señala como una de las funciones de la Registraduría Delegada en lo Electoral "Proponer, coordinar e implementar las políticas y estrategias orientadas a garantizar el desarrollo óptimo de los procesos electorales y los mecanismos de participación ciudadana".

Que el artículo 23 de la Ley 134 de 1994 establece lo siguiente: "Verificación de laRe-gistraduría. El Registrador Nacional del Estado Civil señalará el procedimiento que deba seguirse para la verificación de la autenticidad de los respaldos y podrá adoptar técnicas de muestreo científicamente sustentadas, previa aprobación...

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