Resolución número 9761 de 2012, por medio de la cual se fija el número de ciudadanos que pueden sufragar en las mesas de votación, para la elección de Alcalde en el municipio de Talaigua, Nuevo Bolívar a realizarse el 16 de diciembre de 2012 - 7 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 410472222

Resolución número 9761 de 2012, por medio de la cual se fija el número de ciudadanos que pueden sufragar en las mesas de votación, para la elección de Alcalde en el municipio de Talaigua, Nuevo Bolívar a realizarse el 16 de diciembre de 2012

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín48637

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el inciso 2º del artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 26 numeral 2 del Código Electoral, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral.

Que el inciso primero del artículo 85 del Código Electoral, declarado parcialmente inexequible por la sentencia C230 A de 2008 de la Corte Constitucional, establece que: "La Registraduría Nacional, fijará el número de ciudadanos que podrán sufragar en las distintas mesas de votación."

Que mediante Decreto número 0566 del 22 de octubre de 2012, el Gobernador de Bolívar convocó a elecciones de Alcalde, para el 16 de diciembre de 2012, en el municipio de Talaigua, Nuevo Bolívar

Que en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Fijar el número máximo de sufragantes por mesa para las Elecciones de Alcalde en el municipio de Talaigua, Nuevo Bolívar, que se realizará el 16 de diciembre de 2012, en quinientos (500) sufragantes por mesa.
Artículo 2º La presente resolución rige a partir de su publicación

Publíquese y cúmplase.

El Registrador...

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