Resolución número 154 de 2013, por la cual se deroga parcialmente la Resolución número 142 del 7 de diciembre de 2006
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero |
Número de Boletín | 48898 |
El Director General de la Unidad de Información y Análisis Financiero en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 3º y el artículo 7º de la Ley 526 de 1999 y demás normas y disposiciones concordantes con la materia, y
CONSIDERANDO:
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Que la UIAF profirió la Resolución número 142 del 7 de diciembre de 2006, por la cual se impone a las personas jurídicas públicas y privadas que exploten o administren el monopolio rentístico de las loterías, juegos de apuestas permanentes o chance, juegos novedosos, apuestas en eventos deportivos, gallísticos, caninos y similares y los eventos hípicos, la obligación de reportar de manera directa a la Unidad de Información y Análisis Financiero".
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Que dentro de dicha resolución, entre otros aspectos, se estableció a cargo de las personas jurídicas públicas y privadas que operan los juegos novedosos de enviar directamente a la UIAF los reportes de operaciones sospechosas (ROS) y los reportes de ganadores de premios, estableciéndose además, en este último caso, la periodicidad, condiciones y plazos para el envío del reporte, y los montos que originan la obligación de reportar.
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Que la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar Coljuegos profirió la Resolución número 260 del 21 de marzo de 2013, por medio de la cual se establecen los requisitos para la Adopción e Implementación del Sistema de Prevención y Control del Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (Siplaft) en las Empresas del sector de Juegos de suerte y azar localizados y novedosos autorizados por Coljuegos".
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Que entre otros aspectos que se regularon en la resolución mencionada en el numeral anterior, se estableció a cargo de las empresas del sector de juegos de suerte y azar, y especialmente a los operadores de juegos novedosos, la obligación de reportar a la UIAF operaciones sospechosas y los ganadores de premios, estableciéndose además en este último caso, las condiciones, periodicidad y plazos para enviar el reporte a...
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