Resolución número 9 0725 de 2013, por la cual se autoriza a Ecopetrol S.A. para importar combustibles desde Ecuador, con destino al departamento de Nariño - 5 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 458626310

Resolución número 9 0725 de 2013, por la cual se autoriza a Ecopetrol S.A. para importar combustibles desde Ecuador, con destino al departamento de Nariño

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín48904

El Ministro de Minas y Energía, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 9º de la Ley 1430 de 2010, el artículo 7º de la Ley 1640 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del artículo 212 del Código de Petróleos, el transporte y distribución de petróleos y sus derivados constituyen un servicio público, razón por la cual las personas o entidades dedicadas a esas actividades deberán ejercerlos de conformidad con los reglamentos que dicte el Gobierno, en guarda de los intereses generales.

Que el artículo 173 de la Ley 1607 de 2012 modificó el inciso 1º del artículo de la Ley 1430 de 2010, en el sentido de señalar que en los departamentos y municipios ubicados en zonas de frontera, el Ministerio de Minas y Energía tendrá la función de distribución de combustibles líquidos, los cuales estarán exentos de IVA, arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM.

Que el parágrafo 2º del artículo 9º, ibídem, establece que el Ministerio de Minas y Energía tendrá a su cargo, con la debida recuperación de costos, la regulación y coordinación de las actividades de distribución de combustibles, para lo cual establecerá planes de abastecimiento en aquellos municipios considerados como zonas de frontera.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 1640 del 11 de julio de 2013, por la cual se efectúan unas modificaciones al presupuesto general de la Nación para la vigencia fiscal de 2013, establece que: "Para efectos de atenuar en el mercado interno el impacto de las fluctuaciones de los precios de los combustibles en los mercados internacionales, conforme lo disponen los artículos 69 de la Ley 1151 de 2007y 101 de la Ley 1450 de 2011, el Ministerio de Minas y Energía podrá autorizar la importación de combustibles con las calidades del país de origen para ser distribuidos de manera exclusiva en...

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