Decreto número 2883 de 2013, por medio del cual se fijan los criterios para la determinación de áreas de alta congestión, de alta contaminación, o de infraestructura construida o mejorada para evitar congestión urbana y se dictan otras disposiciones - 11 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 481087066

Decreto número 2883 de 2013, por medio del cual se fijan los criterios para la determinación de áreas de alta congestión, de alta contaminación, o de infraestructura construida o mejorada para evitar congestión urbana y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín49001

El Presidente de la República de Colombia, en ej ercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 90 de la Ley 1450 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que reconociendo la importancia de la movilidad para facilitar la búsqueda del bienestar de las personas, el Congreso de la República instrumentó mediante la Ley 1450 de 2011 medidas integrales de administración de la demanda de viajes para mitigar el impacto de la congestión y la contaminación urbana, autorizando a las autoridades municipales o distritales que así lo decidan, el establecimiento de tasas por uso de áreas de alta congestión, de alta contaminación, o de infraestructura construida o mejorada para evitar congestión urbana en Municipios o Distritos con población mayor a 300.000 habitantes, facultando igualmente al Gobierno Nacional para reglamentar los criterios a tener en cuenta para determinar dichas áreas;

Que el literal b) del artículo de la Ley 105 de 1993 establece que la intervención del Estado es un principio fundamental, conforme al cual le corresponde la planeación, control, regulación y la vigilancia del transporte y de las actividades a él vinculadas;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 105 de 1993, modificado por el artículo 1º de la Ley 276 de 1996, corresponde al Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Transporte, la definición de las políticas generales sobre transporte y tránsito;

Que corresponde al Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Transporte, como autoridad del sector, velar por la sincronización e integración entre las inversiones de la Nación en los sistemas urbanos de transporte público de pasajeros y las políticas municipales o distritales para alcanzar una mayor eficiencia en la movilidad local;

Que atendiendo a las necesidades de las principales ciudades del país y como consecuencia de la transformación urbana y demográfica en la cual, según datos de las Naciones Unidas para el período comprendido entre 1960 y el 2010, se evidenció un incremento del porcentaje de la población total del país que reside en áreas urbanas pasando del 45% al 75%;

Que en el país se viene presentando un crecimiento del índice de motorización y un aumento acelerado del número total de unidades del parque automotor terrestre, el cual se triplicó en un periodo cercano a los 12 años de acuerdo al anuario estadístico de 2012, pasando de cerca de 3.0 millones de unidades en el 2000 a más de 9.0 millones de unidades en el 2012;

Que conforme a las tendencias observadas mundialmente, el desarrollo económico de los países causa el aumento en el uso de los vehículos motorizados lo cual comúnmente se ve reflejado en el mayor número de viajes que realizan las personas. Esta tendencia conlleva a experimentar niveles de congestión vial excesiva, generando la necesidad de impulsar acciones coherentes para controlar la creciente demanda por vías por parte de los vehículos motorizados menos eficientes en el uso del espacio público;

Que en consecuencia de lo anterior, el Estado debe intervenir con el fin de atender la prosperidad general, promoviendo las opciones de transporte más sostenibles, a través de medidas de administración de la demanda de viajes que equilibren los costos asociados al uso de modos individuales, considerando la afectación que estos generan sobre el resto de la comunidad;

Que en el ámbito económico la congestión vial excesiva causa mayores tiempos de viaje, imponiendo pérdidas económicas relativas al costo del tiempo de los usuarios y los tiempos de espera impartidos, además del mayor consumo de combustible;

Que el impacto de la congestión y contaminación excesivas asociado a vehículos motorizados afecta de forma adversa la salud y el bienestar de las personas, especialmente las más vulnerables y aquellas que viviendo o realizando actividades alrededor de la red vial no se...

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