Resolución número 3009 de 2013, por medio de la cual se hace un nombramiento ordinario - 17 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 470117350

Resolución número 3009 de 2013, por medio de la cual se hace un nombramiento ordinario

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín48946

El Subdirector Sectorial Encargado de las Funciones del Empleo de Director del Departamento Nacional de Planeación, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 24 del Decreto 1950 de 1973, el artículo 23 de la Ley 909 de 2004, y el Decreto 2158 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el cargo de libre nombramiento y remoción de Asesor código 1020 grado 12, de la Subdirección Sectorial del Departamento Nacional de Planeación, no se encuentra provisto.

Que después de realizar los trámites necesarios para el efecto, y analizar los documentos que soportan la correspondiente hoja de vida, se determinó que la señora Diana Carolina Cantillo Concha, identificada con la cédula de ciudadanía número 1140816433 de Bogotá, cumple con los requisitos legales y reglamentarios para ejercer el cargo en mención.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º

Nombrar con carácter ordinario a la señora Diana Carolina Cantillo Concha, identificada con la cédula de ciudadanía número 1140816433 de Barranquilla, en el empleo de libre nombramiento y remoción de Asesor código 1020 grado 12 de la Subdirección Sectorial del Departamento Nacional de Planeación, con una asignación básica mensual de cinco millones ciento ochenta y cinco mil ochocientos ochenta y un pesos ($5.185.881.00) moneda corriente.

Artículo 2º Los costos que ocasione el presente nombramiento ordinario se encuentran amparados para la vigencia del año 2013 por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR