Resolución número 003877 de 2013, por la cual se modifica la Resolución 458 de 2013 - 1 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 465831310

Resolución número 003877 de 2013, por la cual se modifica la Resolución 458 de 2013

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín48930

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por el artículo 173 de la Ley 100 de 1993, el numeral 30 del artículo 2º del Decreto-ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la honorable Corte Constitucional a través de la Sentencia T-760 de 2008, impartió una serie de órdenes, entre otras, la adopción de las medidas necesarias para la aprobación de los servicios de salud no incluidos en los Planes Obligatorios de Salud (POS), distintos a medicamentos y las relacionadas con el derecho a su recobro ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga);

Que la Sala Especial conformada en dicha Corporación para llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de la referida sentencia, verificó las órdenes vigésima cuarta y vigésima séptima, relacionadas con la necesidad de que se adopten las medidas pertinentes que garanticen que el procedimiento de recobro ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), sea ágil y asegure el flujo oportuno y suficiente de recursos para financiar los servicios de salud. Igualmente, que el sistema de verificación, control y pago de las solicitudes de recobro funcione de manera eficiente y que el Fosyga desembolse prontamente los dineros concernientes a las solicitudes de recobro, lo que consecuencialmente, llevó a que se profiriera el Auto número 263 de 2012;

Que allí se ordenó el rediseño del sistema actual de verificación, control y pago de los servicios y prestaciones de salud no contenidas en el Plan Obligatorio de Salud (POS), mediante la unificación de la normativa vigente;

Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 458 de febrero 22 de 2013, mediante la cual unificó el procedimiento de recobro ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), estableciendo como etapas del proceso de verificación y control la pre-radicación, radicación, preauditoría y auditoría integral;

Que la etapa de pre-radicación establece que las entidades recobrantes deberán registrar vía web en el sistema que para el efecto implemente el Ministerio de Salud y Protección Social, la información correspondiente a cada solicitud de recobro;

Que el Ministerio adelantó el diseño, implementación y despliegue de dicho sistema en...

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