Decreto número 1959 de 2013, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - 11 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 459746294

Decreto número 1959 de 2013, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48910

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º Modifícase el artículo 4º del Decreto 4712 de 2008, el cual quedará así:

"Artículo 4º. Estructura. La Estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público será la siguiente:

  1. Despacho del Ministro

    1.1. Oficina Asesora de Jurídica

  2. Despacho del Viceministro General

    2.1. Oficina de Control Interno

    2.2. Oficina Asesora de Planeación

    2.3. Oficina de Bonos Pensionales

  3. Despacho del Viceministro Técnico

    3.1. Dirección General de Política Macroeconómica

    3.2. Dirección General de la Regulación Económica de la Seguridad Social

    3.2.1. Subdirección de Pensiones

    3.2.2. Subdirección de Salud y Riesgos Profesionales

  4. Secretaría General

    4.1. Oficina de Control Disciplinario Interno

    4.2. Subdirección Jurídica

    4.3. Dirección Administrativa

    4.3.1. Subdirección Financiera

    4.3.2. Subdirección de Recursos Humanos

    4.3.3. Subdirección de Servicios

    4.4. Dirección de Tecnología

    4.4.1. Subdirección de Administración de Recursos Tecnológicos

    4.4.2. Subdirección de Ingeniería de Software

  5. Dirección General del Presupuesto Público Nacional

    5.1. Subdirección de Análisis y Consolidación Presupuestal

    5.2. Subdirección de Infraestructura y Desarrollo Económico

    5.3. Subdirección de Administración General del Estado

    5.4. Subdirección de Desarrollo Social

  6. Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional

    6.1. Subdirección de Financiamiento Interno de la Nación

    6.2. Subdirección de Financiamiento Externo de la Nación

    6.3. Subdirección de Financiamiento con Organismos Multilaterales y Gobiernos

    6.4. Subdirección de Tesorería

    6.5. Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera

    6.6. Subdirección de Banca de Inversión

    6.7. Subdirección de Riesgo

    6.8. Subdirección de Operaciones

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