Resolución número 279 de 2013, por la cual se otorga una comisión para desempeñar un empleo de libre nombramiento remoción - 25 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 465383950

Resolución número 279 de 2013, por la cual se otorga una comisión para desempeñar un empleo de libre nombramiento remoción

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipielago de San Andres, Providencia y Santa Catalina, Coralina
Número de Boletín48924

El suscrito Director General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de SanAndrés, Providencia y Santa Catalina (Coralina), en ejercicio de las facultades legales conferidas por la Le y 99 de 1993 y el artículo 92 Decreto Reglamentario 1950 de 1973, artículo 26 de la Le y 909 de 2004 y ,

CONSIDERANDO:

Que en la planta de personal de Coralina, se encuentra en vacancia definitiva el empleo de Secretario General, Código 0040 Grado 18, empleo de libre nombramiento y remoción.

Que artículo 26 de la Le y 909 de 2004, establece que los empleados de Carrera Administrativa, con evaluación de desempeño sobresaliente, tendrán derecho a que se les otorgue comisión para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción hasta por el término de tres (3) años, en los periodos continuos o discontinuos.

Que verificada la planta de personal de los empleos de carrera y el Manual de Funciones ajustado y adoptado mediante Resolución número 273 de 3 de mayo de 2011, se estableció que el servidor público Alvaro Madrid Guerra, identificado con cédula de ciudadanía número 15243935, expedida en San Andrés Isla, Titular del Empleo Técnico Administrativo, Código 3124, Grado 15, cumple con el perfil requerido para ocupar el empleo de Secretario General de Coralina, Código 0040 Grado 18, acredita los requisitos, aptitudes y habilidades exigidas, no ha sido sancionado disciplinariamente y cuenta con evaluación de desempeño sobresaliente, para asumir dicho empleo.

Que el artículo 94 del Decreto 1950 de 1973, se establece que la "Comisión para desempeñar un empleo de libre nombramiento y remoción, no implica pérdida ni mengua de los derechos como funcionarios de carrera".

Que en mérito de lo expuesto se,

RESUELVE:

Artículo 1º

Otorgar la comisión de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR