Decreto número 0904 de 2013, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relativo a la relación de solvencia de los establecimientos de crédito y se dictan otras disposiciones - 8 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 435621430

Decreto número 0904 de 2013, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relativo a la relación de solvencia de los establecimientos de crédito y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48784

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en los literales c), h) e i) del numeral 1 del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Gobierno Nacional tiene la facultad de establecer las normas requeridas para que las entidades objeto de intervención mantengan niveles adecuados de patrimonio.

Que en desarrollo de la misma norma le corresponde al Gobierno Nacional establecer mecanismos de regulación prudencial que cumplan con los más altos estándares internacionales y determinar de manera general los indicadores patrimoniales que permitan identificar el deterioro financiero de las entidades.

Que la experiencia internacional ha demostrado que la identificación oportuna del deterioro financiero de las entidades objeto de intervención incrementa la capacidad de las autoridades para subsanar las fallas.

Que en armonía con los objetivos de la intervención en la actividad financiera por parte del Gobierno Nacional y los principios orientadores de la misma, los establecimientos de crédito deben contar con adecuados niveles patrimoniales que salvaguarden su solvencia y garanticen los intereses de sus acreedores y depositantes.

Que durante los últimos años se han presentado eventos económicos que han propiciado desarrollos significativos en los estándares internacionales en relación con la medición del nivel de solvencia de las entidades financieras.

Que en desarrollo de lo anterior, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1771 de 2012, modificatorio del Decreto 2255 de 2010 el cual determina que los establecimientos bancarios, las corporaciones financieras y las compañías de financiamiento deben cumplir con una relación de solvencia que refleje su nivel patrimonial en relación con los riesgos que han asumido.

Que de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 454 de 1998, subrogado por el artículo 102 de la Ley 795 de 2003, las cooperativas financieras son establecimientos de crédito para todos los efectos, al tiempo que en el sistema financiero del país participan entidades oficiales con regímenes especiales cuyas operaciones por su naturaleza se ajustan a las de un establecimiento de crédito, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2º del Decreto 663 de 1993 y demás normas pertinentes.

Que en ese sentido se considera necesario adecuar las normas de solvencia previstas en el Decreto 2555 de 2010, con fundamento en criterios técnicos internacionalmente aceptados, para incluir a las instituciones oficiales especiales y a los establecimientos de crédito de naturaleza cooperativa dentro su ámbito de aplicación,

DECRETA:

Artículo 1º Modifícase el título del Capítulo I del Título I del...

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