Resolución número 0779 de 2013, por la cual se establece la verdadera y real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria número 50S-954892 y 50S-40607623 Exp. A.A. 089 de 2012 - 21 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 482847990

Resolución número 0779 de 2013, por la cual se establece la verdadera y real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria número 50S-954892 y 50S-40607623 Exp. A.A. 089 de 2012

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Sur
Número de Boletín49011

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos blicos de Bogotá, D. C., Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 30 del Decreto 2163 de 2011, El Decreto 0l de 1984 y el Decreto-ley 1250 de 1970.

CONSIDERANDO QUE: ANTECEDENTES

Mediante correo electrónico de fecha jueves 7 de junio de 2012, el coordinador del grupo operativa de esta oficina, remite la documentación aportada por la usuaria del servicio, para el turno de certificado número 2012-244155. Asunto que curso trámite en el Antiguo Sistema de Libros, resultando de dicho estudio la Hoja de Ruta para el folio mayor extensión 50S-40607623 y la Certificación suscrita por la Coordinadora de Antiguo Sistema, en la cual sostiene entre otros: "(...) considero que una vez sea abierta la matrícula de mayor extensión, se envié a Especializados para estudio y el posible cierre de la matrícula abierta a la venta parcial (50S-954892), tratándose de derechos de cuota que es lo que a la vendedora Ligia Ortiz Vda. de Triana le corresponde. (...)". Se adjunta el escrito de la coordinadora de antiguo Sistema.

Con fundamento en lo anterior y mediante Auto de fecha 28 de enero de 2013, se inició la correspondiente Actuación Administrativa, tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de los inmuebles identificados con los folios de matrícula inmobiliaria números 50S-954892 y 50S-40607623, citándose a las siguientes personas: Eva del Carmen Salcedo Sepúlveda, como terceros determinados a Ligia Ortiz Vda. de Triana, Elizabeth, Omaira, Myriam, Ornar, Gloria Mar/a, José Armando Triana y Ligia Ortiz Vda. de Triana, por edicto desde el día 15 hasta el 28 de febrero de 2013 y con publicación en el Diario Oficial en su edición número 48.710 de fecha 20 de febrero de 2013 de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 15 del C.C.A. CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE REGISTRO

Llegada la oportunidad para decidir luego de agotado el trámite de instancia y cumplida las comunicaciones, notificaciones y publicaciones dispuestas por la ley, se procede por parte de este Despacho a emitir el pronunciamiento de fondo adscrito a su competencia respecto del mérito de la Actuación Administrativa emprendida.

Se procedió a realizar el estudio de la tradición del folio de matrícula inmobiliaria de mayor Extensión número 50S-40607623, el cual identifica el inmueble ubicado en la calle 1 Nº 4-81, Urbanización Tunjuelito, lote de terreno distinguido con el número 12 de la Manzana 4, con una cabida total de 432.71 V2, que cuenta con un total de tres (3) anotaciones, y presenta fecha de apertura 30-05-2012, en cuya anotación número 02, se encuentra inscrita la Sentencia de fecha 24-10-1967 proferida por el Juzgado 19 Civil Municipal de Bogotá, Adjudicación en Sucesión, del señor José...

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