Resolución número 000072 de 2014, por la cual se efectúa un traslado y distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social - Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, para la vigencia fiscal de 2014 y una asignación sobre estos recursos - 27 de Enero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 488595614

Resolución número 000072 de 2014, por la cual se efectúa un traslado y distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social - Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, para la vigencia fiscal de 2014 y una asignación sobre estos recursos

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49046

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades, en especial, de las conferidas por el artículo 29 del Decreto 4730 de 2005, modificado por el artículo 1º del Decreto 4836 de 2011 y los artículos 21 de la Ley 1687 de 2013 y 22 del Decreto 3036 de 2013 y 110 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, compilado en el Decreto 111 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 47 de la Ley 715 de 2001, establece la destinación de los recursos del Sistema General de Participaciones para Salud, en los componentes de subsidio a la demanda, prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda y acciones de salud pública.

Que el artículo 50 de la Ley 1438 de 2011, modificado por el artículo 7º de la Ley 1608 de 2013, creó el Fondo de Garantías para el Sector Salud (Fonsaet), y dispuso que para su financiación, se destinarían, entre otros, hasta el 10% de los recursos que se transfieren para oferta con recursos del Sistema General de Participaciones para Salud.

Que mediante documentos Conpes Social 160 y 163 de 2013, se efectuó la distribución territorial de once doceavas de la vigencia fiscal 2013 del Sistema General de Participaciones para Salud, para los componentes de salud pública, régimen subsidiado y prestación de servicios a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda.

Que de otra parte, mediante documento Conpes Social 169 del 20 de diciembre de 2013, se realizó un ajuste a la distribución de las once doceavas del Sistema General de Participaciones para Salud, en el componente de prestación de servicios a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, se distribuyó la última doceava ajustada por valor de $499.977.062.940, de los cuales el 6% de lo que corresponde al componente prestación de servicios se destina a la financiación del Fondo de Garantías para el Sector Salud (Fonsaet), por valor de $7.340.663.238.

Que según detalle del gasto del Decreto 3036 de 2013, por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2014, en la sección presupuestal del Ministerio de Salud y Protección Social, para la vigencia fiscal 2014 - Unidad Ejecutora 19-01-14 - Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, Cuenta 3 -Transferencias Corrientes, Subcuenta 7 - Sistema General de Participaciones, Objeto del Gasto 2 - Participación para Salud, Ordinal 1 - Sistema General de Participaciones - Salud artículo 4º Ley 715 de 2001, Recurso 10 - Recursos Corrientes; se dispone de una apropiación por un valor total de seis billones seiscientos sesenta y dos mil doscientos veinte millones quinientos cincuenta y un mil treinta y nueve pesos moneda corriente ($6.662.220.551.039).

Que del monto global de dicha apropiación, en el marco de la facultad otorgada en el artículo 29 del Decreto 4730 de 2005, modificado por el artículo 1º del Decreto 4836 de 2011 y la distribución de la última doceava del Sistema General de Participaciones de la vigencia 2013, incluido el ajuste por menor valor debido a la diferencia de la inflación, realizada mediante documento Conpes Social 169 de 2013, se hace necesario efectuar traslados presupuestales por valor de cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos setenta y siete millones sesenta y dos mil novecientos cuarenta pesos moneda corriente ($499.977.062.940).

Que los traslados a que refiere el considerando anterior se efectuarán de la siguiente manera:

  1. La suma de siete mil trescientos cuarenta millones seiscientos sesenta y tres mil doscientos treinta y ocho pesos moneda corriente ($7.340.663.238) a la Subcuenta 5 -Transferencias de Previsión y Seguridad Social, Objeto del Gasto 3 - Otras transferencias de Previsión y Seguridad Social, Ordinal 62 - Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud (Fonsaet), S.G.P. Ley 1438 de 2011, Recurso 10 - Recursos Corrientes.

  2. La suma de cuatrocientos noventa y dos mil seiscientos treinta y seis millones trescientos noventa y nueve mil setecientos dos pesos moneda corriente ($492.636.399.702), a la Cuenta 3 - Transferencias Corrientes; Subcuenta 7 - Sistema General de Participaciones, Objeto del Gasto 2 - Participación para Salud, Ordinal 2 - Sistema General de Participaciones - Régimen Subsidiado; Ordinal 3 - Salud Pública; Ordinal 4 Prestación de Servicios; Recurso 10 - Recursos Corrientes.

Que en ejercicio de la facultad conferida por los artículos 21 de la Ley 1687 de 2013 y 22 del Decreto 3036 de 2013, que disponen que se pueden hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el Jefe del respectivo órgano, previa aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, se requiere efectuar la distribución de los recursos cuyo objeto de gasto es la participación para salud, de que trata el literal b) del considerando anterior, así como su asignación para cada componente, esto es, Régimen Subsidiado, Salud Pública y Prestación de Servicios, previa aprobación de las operaciones de traslado y distribución antes mencionadas.

Que según reporte del Certificado de Disponibilidad Presupuestal del SIIF, identificado con número 114 del 10 de enero de 2014, existe apropiación presupuestal disponible y libre de afectación para garantizar las operaciones presupuestales en el rubro presupuestal correspondiente a la Unidad 19-01-14 - Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social; Cuenta 3 - Transferencias Corrientes; Subcuenta 7 - Sistema General de Participaciones; Objeto del Gasto 2 - Participación para salud; Ordinal 1 - Sistema General de Participaciones; Recurso 10 - Recursos Corrientes; por valor de $499.977.062.940.00.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Efectuar el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social - Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, para la vigencia fiscal del 2014, así:

SECCIÓN 1901

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

UNIDAD 1901-14 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE

FONDOS DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

CONTRACRÉDITO

CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA 7 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
OBJETO DE GASTO 2 PARTICIPACIÓN PARA SALUD
ORDINAL 1 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
- SALUD ARTÍCULO 4º LEY 715 DE 2001 499.977.062.940
RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES
TOTAL TRANSFERENCIAS 499.977.062.940
TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 499.977.062.940
TOTAL CONTRACRÉDITO 499.977.062.940
Artículo 2º Con base en el contracrédito de que trata el artículo anterior, efectuar los siguientes créditos en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, para la vigencia fiscal del 2014, así:

SECCIÓN 1901

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL UNIDAD 1901-14 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

CRÉDITOS

CUENTA3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA 5 TRANSFERENCIAS DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL
OBJETO DEL GASTO 3 OTRAS TRANSFERENCIAS DE PREVISIÓN Y
SEGURIDAD SOCIAL
ORDINAL 62 FONDO DE SALVAMENTO Y GARANTÍAS
PARA EL SECTOR SALUD
- FONSAET S.G.P. LEY 1438 DE 2011 7.340.663.238
RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES
CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA 7 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
OBJETO DE GASTO 2 PARTICIPACIÓN PARA SALUD
ORDINAL 2 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
- RÉGIMEN SUBSIDIADO 327.634.969.345
ORDINAL 3 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
- SALUD PÚBLICA 49.997.706.294
ORDINAL 4 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
- PRESTACIÓN DE SERVICIOS 115.003.724.063
RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES
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