Resolución número p0158 de 2014, por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución número P0059 del 20 de enero de 2014 - 17 de Marzo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 498681266

Resolución número p0158 de 2014, por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución número P0059 del 20 de enero de 2014

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Surcolombiana
Número de Boletín49095

El Rector de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número P0059 del 20 de enero de 2014, se nombró al señor Jesús David Quintero Polanco, como profesor Ocasional de tiempo completo, Categoría Asistente, en la Facultad de Ingeniería, Programa de Ingeniería Electrónica, entre el 20 de enero y el 13 de diciembre de 2014;

Que en la parte resolutiva, artículo 2º, la citada Resolución número P0059 del 20 de enero de 2014, dispuso que el profesor devengará una asignación mensual de $4.368.303 (cuatro millones trescientos sesenta y ocho mil trescientos tres pesos), según puntaje asignado por el Comité Asignación de Puntaje (CAP), en Acta número 013 del 13 de noviembre de 2013, por título de Maestría en Dirección Estratégica Especialidad Telecomunicaciones, le fue asignado 40 puntos salariales, que corresponde a un total de 418.50 puntos, por valor de $10.438 cada uno, para un valor total de $65.088.859, que corresponde a los salarios devengados por el profesor y sus prestaciones sociales.

Que el Comité de Asignación de Puntaje (CAP) mediante Acta número 013 del 13 de noviembre de 2013, le asignó 40 puntos salariales por el título de Maestría en Dirección Estratégica Especialidad Telecomunicaciones, a partir de la vinculación del año 2014;

Que mediante oficio del 29 de enero de 2014, el profesor Ocasional Jesús David Quintero Polanco, manifiesta a la Rectoría la aprobación para la modificación de la Resolución número P0059 de 2014, a través de la cual fue vinculado como Profesor Ocasional, lo anterior, para corregir el yerro en el valor de la asignación mensual salarial el cual corresponde a 311 puntos salariales;

Que se presentó un yerro en el total de puntos salariales en la citada resolución, específicamente fue consignado 418.50 puntos salariales y el puntaje real corresponde a 311 puntos salariales, teniendo en cuenta que el profesor venía con 271 puntos salariales en la vinculación de la vigencia del año 2013;

Que la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su artículo 45 menciona: Corrección...

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