22.Comentarios Criticos al Decreto Ley 403/2020 de Jairo Enrique Bulla Romero Libro: Nuevo Control Fiscal y proceso de responsabilidad fiscal - El Control Fiscal en Colombia - Libros y Revistas - VLEX 945541392

22.Comentarios Criticos al Decreto Ley 403/2020 de Jairo Enrique Bulla Romero Libro: Nuevo Control Fiscal y proceso de responsabilidad fiscal

Páginas277-318
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Jairo Enrique Bulla Romero
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El Control
Fiscal en
Colombia
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Jairo Enrique Bulla Romero
COMENTARIOS AL ARTÍCULO PRIMERO OBJETO
El constituyente derivado, cedió sus facultades no sólo al presidente, sino
al Contralor para que legisle en relación con temas de Control Fiscal, por
ello, el decreto, mas las disposiciones que dicte el C.G.R en ejercicio de
esas potestades constitucionales, se convertirán en normas de carácter
legal (por delegación) y primaran o prevalecerán sobre las que dicten otros
órganos de control fiscal (Auditoria General); es decir, que la A.G.R,. Ya no
es la entidad encargada de fijar las políticas y prescribir los métodos que
se deben aplicar para la evaluación financiera, de gestión y de resultados
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sido derogado por sustracción de materia) (Bulla, p.149)
COMENTARIOS AL ARTÍCULO SEGUNDO DEFINICIONES
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concepto o filosofía inicialmente precisando que el control fiscal es
una función publica, a cargo del Estado por ante una entidad llamada
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territoriales, que son las encargadas de vigilar, evaluar y controlar
absolutamente a todos quienes manejen, administren, recauden bienes
públicos, es decir, a los destinatarios de ese control. Lamentablemente la
norma no dio que ese ejercicio o esa función debía realizarse observando
los métodos, procesos, procedimientos, protocolos que se hayan
establecido para el desempeño o ejercicio de esa función pública, sino
con el respeto de la dignidad humana, el debido proceso, la presunción
de inocencia y el derecho de defensa y contradicción, que debe observar
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El Control fiscal tiene como objetivo central o esencial determinar
(comprobar, establecer, estipular, precisar) si la gestión fiscal y sus
resultados se ajustan (coinciden, concuerdan, se ajustan o acoplan) a
los principios, políticas, planes, programas, proyectos, presupuestos y
normatividad aplicables y logran (alcanzan, consiguen, obtienen) los
efectos positivos propuestos desde un inicio o si se consiguieron los fines
esenciales del Estado, de que trata el artículo segundo constitucional, así
como si ellos se enmarcan dentro de la misionalidad de la entidad.
Dice la norma que se entenderá por objeto de vigilancia y control: las
actividades, acciones, omisiones, operaciones, procesos, cuenta, contrato,
convenio, proyecto, programa, acto o hecho, y los demás asuntos que
se encuentren comprendidos o que incidan directa o indirectamente
en la gestión fiscal o que involucren bienes, fondos o recursos públicos,
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estos. Es decir, la realización de todas las actividades necesarias y posibles
para observar, analizar y valorar el quehacer de la administración pública
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lo establecido en el artículo 30 de la ley 610 de 2000
El control fiscal supone un pronunciamiento de carácter valorativo
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de la Auditoria en su informe técnico sobre la gestión (administrativa,
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¿ A quiénes vigila, controla y hace seguimiento las contralorías?
La norma englobo en un solo precepto las entidades sobre las cuales
se ejerce la función pública del control y vigilancia, por parte de las
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para quienes está direccionada es función, a saber:
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b. A todos los órganos de control autónomos e independientes como los
de control y electorales
c. A los organismos creados por la constitución Nacional
d. A las empresas industriales y comerciales del estado
e. A los particulares que manejen (recauden) fondos o bienes del Estado
f. A todas las personas jurídicas que manejen recursos del Estado
g. Al banco de la Republica
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