Concepto nº 220- 41155, de Superintendencia de Sociedades, de 8 de Agosto de 2005 - Normativa - VLEX 414622917

Concepto nº 220- 41155, de Superintendencia de Sociedades, de 8 de Agosto de 2005

Distinguido doctor Vélez:

Me refiero a sus escritos radicados con los números 2005-01-095554 y 2005-01-102569, este último remitido por la Superintendencia Bancaria en virtud del artículo 33 del C. C. A., por medio de los cuales consulta acerca de la existencia del fondo creado por esta Superintendencia mediante la Resolución 430-1678 de 1994. Si el fondo aún existe, desea conocer con cuántos y cuáles recursos cuenta para continuar con la administración de las sociedades intervenidas.

En primer lugar, es preciso manifestarle que los distintos pronunciamientos proferidos por el Superintendente de Sociedades en ejercicio de las atribuciones de vigilancia y control de las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad de construcción y enajenación de inmuebles dedicados a vivienda, en virtud del traslado de funciones de que trata el Decreto 497 de 1987, salvo que sean acogidos por autoridades territoriales, no tienen carácter obligatorio.

Con relación a los recursos recaudados por servicios y tramites efectuados, a los que se refiere el artículo 3º de la citada resolución, resulta pertinente comunicarle que cada agente especial estaba facultado para utilizarlos de manera autónoma, siempre que se destinaran a sufragar...

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