Sentencia nº 11001-03-06-000-2010-00085-00 de Consejo de Estado - Sala Plena, de 12 de Agosto de 2010
Fecha | 12 Agosto 2010 |
Número de expediente | 11001-03-06-000-2010-00085-00 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Emisor | Sala Plena |
Tipo de documento | Sentencia |
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL
Consejero ponente: ENRIQUE JOSE ARBOLEDA PERDOMO
Bogotá, D.C., doce (12) de agosto de dos mil diez (2010)
Radicación numero: 11001-03-06-000-2010-00085-00(C)
Actor: MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Demandado: ALTA CONSEJERIA PARA LA REINTEGRACION SOCIAL Y ECONOMICA DE PERSONAS Y GRUPOS ALZADOS EN ARMAS
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado se pronuncia sobre la solicitud de definición de competencias entre el Ministerio del Interior y de Justicia y la Alta Consejeria para la Reintegración Social y Económica de Personas y Grupos Alzados en Armas de acuerdo con los antecedentes que se resumen enseguida.
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado recibió el expediente; una vez repartido, por Secretaría se fijó en lista por tres días con el fin de que los representantes de las entidades en conflicto y las personas que tuvieran interés presentaran sus alegatos o consideraciones, derecho del cual hizo uso una de las partes.
ANTECEDENTES DE HECHO
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Desde el año 2000, se firmaron unos Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica entre el Ministerio del Interior y la Secretaria Ejecutiva del Convenio Andrés Bello -SECAB-, con el fin de desarrollar “el Programa de Reincorporación a la Vida Civil de los acuerdos de paz suscritos por el Gobierno Nacional”. (Cuaderno 1 folios 2 y 3).
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De los hechos narrados por el Ministerio el día 10 de mayo de 2001 se suscribió el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica No. 036 de 2001 entre el Ministerio del Interior – Dirección del interior – Dirección General para la Reinserción y la Secretaria Ejecutiva del Convenio Andrés Bello - SECAB-. (Cuaderno 2 folio 107)
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El Convenio 036 de 2001 tuvo como objeto que “La SECAB se obliga para con el Ministerio a prestar la asistencia de cooperación técnica necesaria que permita la correcta asignación, manejo y utilización de los recursos del Programa de Seguridad y Protección de la Dirección General para la Reinserción, con el objeto de apoyar y fortalecer los esquemas de seguridad que maneja la mencionada Dirección a nivel nacional, derivados de los Acuerdos de Paz suscritos por el Gobierno Nacional y las diferentes organizaciones desmovilizadas”. (Cuaderno 2 folio 107).
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Según el expediente, el Convenio se prorrogó hasta el día 31 de marzo de 2005. (Cuaderno 2 folio 86).
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Al respecto señaló el Ministerio que el Convenio “fue ejecutado en su totalidad, cumpliendo a cabalidad las obligaciones y objeto del mismo”. (Cuaderno 2 folio 107).
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Según los documentos anexados en el expediente “mediante oficio del 15 de diciembre de 2009, el Ministerio del Interior y Justicia solicitó a la SECAB la liquidación del Convenio MI-036 de 2001”. (Cuaderno 2 folio 86).
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El 5 de marzo de 2010, a través del oficio No. OFI10-7121-GCT-0421, el Ministerio del Interior y de Justicia, manifestó que no es competente para realizar el trámite de liquidación, fundamentando su respuesta en el artículo 1° del decreto 3041 de 2006 debido a que el citado decreto trasladó las funciones que tenía el Ministerio respecto del Programa de Reincorporación a la Vida Civil, al Departamento Administrativo de la...
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