Providencia nº 11001010200020100344000 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 30 de Junio de 2011
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2011 |
Emisor | Sala Disciplinaria |
|
RAMA JUDICIAL
SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA | |
B.D.C., Treinta (30) de junio de dos mil once (2011)
Magistrado Ponente: Dr. PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO
Radicación No. 11001-01-02-000-2010-03440-00
Discutido y aprobado en sala No. 62 de la misma fecha.
Ref.: ÚNICA INSTANCIA
Magistrados Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
ASUNTO
Procede la Sala a decidir sobre el MÉRITO DE LA INDAGACIÓN PRELIMINAR seguida contra los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, según queja presentada el 2 de noviembre de 2010, por el señor JULIO E.R.E., por presuntamente no haber sido decidida una acción de tutela que instauró el 19 de octubre del mismo año contra el Juzgado Doce de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.
SÍNTESIS FÁCTICA
El señor JULIO E.R.E., presentó queja disciplinaria el 2 de noviembre de 2010, en contra de los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por presuntamente no haberse decidido en término la acción de tutela que instauró el 19 de octubre del mismo año contra el Juzgado Doce de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, bajo el radicado No. 11001-22-04-000-2010-02705-00.
ACTUACIÓN PROCESAL
Con fundamento en la queja antes referida, se dispuso ABRIR INDAGACIÓN PRELIMINAR en providencia de 15 de diciembre de 2010, se ordenó el recaudo de algunas pruebas (fls. 15 y 16), y se adelantaron las actuaciones siguientes:
La anterior decisión fue notificada el 15 de febrero de 2011 al señor Agente del Ministerio Público. (fl. 21).
Mediante oficio No. S3-0733 de 17 de febrero de 2011,[1] la secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, remitió un folio[2] contentivo del trámite impartido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, de la acción de tutela de JULIO E.R.E., contra el Juzgado Doce de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, bajo el radicado No. 11001-22-04-000-2010-02705-00, en el cual consta que fue radicada y abonada el 19 de octubre y decidida mediante sentencia de 2 de noviembre de 2010.
Posteriormente fue impugnada ingresando al despacho el 8 de noviembre y concedido el recurso de alzada en auto del día siguiente, siendo remitida en la misma fecha a la Corte Suprema de Justicia para su decisión.
Mediante oficio No. S3-0734 de 17 de febrero de 2011,[3] la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba