Acuerdo nº PSAA11-8991 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 15 de Diciembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 354793866

Acuerdo nº PSAA11-8991 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 15 de Diciembre de 2011

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2011
EmisorSala Administrativa

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en los Artículos 63 de la Ley 270 de 1996 y 15 de la Ley 1149 de 2007 y de conformidad con lo aprobado en su Sesión del 23 de noviembre de 2011,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Cada uno de los Jueces Adjuntos con competencia en Laboral creados en el Artículo 3º del Acuerdo PSAA11 - 8828 de 2011, atendiendo las circunstancias particulares del despacho al que se les asigne para descongestionar: a. F. mensualmente un mínimo de 30 procesos ordinarios laborales. b. Colaborarán con el despacho titular en el trámite de al menos 100 procesos incluidos los ejecutivos laborales, y las acciones constitucionales.

ARTICULO SEGUNDO.- La Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura respectivo, tendrá amplias facultades para rotar al juez según las necesidades del Circuito respetando siempre su especialidad, en dicho evento informará a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, dentro de los cinco días siguientes.

De igual forma podrá asignarle el fallo de procesos laborales provenientes de otros despachos del Circuito, evento este en el que una vez elaborado el fallo se remitirá al juez descongestionado para que sea éste último el que previa citación telegráfica a las partes, en audiencia de lectura de fallo, lo notifique a estas; lo anterior con el propósito de garantizar a cabalidad el derecho de defensa.

ARTICULO TERCERO.- Las medidas de descongestión a que hace referencia el presente Acuerdo estarán vigentes si además del cumplimiento de las metas fijadas para el juez Adjunto, el Juez Titular del despacho descongestionado mantiene o incrementa sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR