Acuerdo nº PSAA10-7333 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 5 de Octubre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 356044786

Acuerdo nº PSAA10-7333 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 5 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2010
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA10-7333 DE 2010

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el numeral 3 del artículo 257 de la Constitución Nacional, el numeral 13 del artículo 85 de la Ley 270 de 1996 y en el artículo 16 de la Ley 1149 de 2007, y de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 29 de septiembre de 2010

CONSIDERANDO

Que la Ley 1149 de julio 13 de 2007 mediante la cual se reformó el Código de Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social estableció en sus artículos 16 y 17, que la implementación y aplicación de la Oralidad en materia L. se efectuaría de manera gradual, en un término no superior a cuatro (4) años.

Que como la Ley no señaló las fechas a partir de las cuales en cada Distrito Judicial debe operar la oralidad, y dado que para su ejecución se requiere contar con unas mínimas condiciones de infraestructura y otras tales como la carga razonable en los despachos, la capacitación pertinente de los servidores judiciales y la dotación tecnológica indispensable, compete a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura precisar el momento a partir de la cual se debe aplicar la referida norma.

Que el Distrito Judicial de Armenia reúne las condiciones mínimas indispensables para aplicar la Ley 1149 de 2007, pues los Juzgados Laborales del Circuito de Armenia al igual que el Juzgado Civil del Circuito de Los Patios tienen la dotación tecnológica requerida y una carga razonable.

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO. Entrada en operación. Establecer que a partir del dos (2) de noviembre de dos mil diez (2010), en el Distrito Judicial de Armenia se dará plena aplicación a la Ley 1149 de 2007.

ARTICULO SEGUNDO. Capacitación. Los Servidores Judiciales a...

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