Acuerdo nº 219 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 16 de Diciembre de 1997 - Jurisprudencia - VLEX 356046746

Acuerdo nº 219 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 16 de Diciembre de 1997

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 1997
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. 219 DE 1997

“ 260 del 8 de octubre de 1996, sobre normas transitorias para descongestionar la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las señaladas en los Artículos 63 y 85 numeral 7 de la Ley 270 de 1996,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Prorrógase por el término de seis (6) meses la vigencia del Acuerdo No. 260 del 8 de octubre de 1996.

ARTICULO SEGUNDO.-. El virtud del Artículo Sexto del Acuerdo 260 de 1996, la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca remitirá, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, la información necesaria para que la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico prepare los informes técnicos, que serán presentados a las Presidencias de las Salas Administrativa y Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con el fin de verificar el cumplimiento de las medidas adoptadas por el...

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