Acuerdo nº PSAA07-4144 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Agosto de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 356059162

Acuerdo nº PSAA07-4144 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2007
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA07-4144 DE 2007

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 29 de agosto de 2007,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- El Juzgado Sexto Civil Municipal de Bogotá, será descongestionado en 150 procesos en estado de fallo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los procesos en estado de fallo, del Juzgado de que trata el artículo primero del presente Acuerdo, serán remitidos a los siguientes Juzgados:

|JUZGADOS QUE DESCONGESTIONAN |No. DE PROCESOS PARA FALLAR |

|CABRERA |20 |

|CAPARRAPÍ |20 |

|GACHALÁ |25 |

|1° GUADUAS |20 |

|LA PALMA |25 |

|NEMOCÓN |20 |

|VENECIA |20 |

|TOTAL |150 |

PARÁGRAFO.- La distribución de los procesos estará a cargo de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca.

ARTÍCULO TERCERO.- El Juzgado Sexto Civil Municipal de Bogotá seleccionará los procesos en estricto orden cronológico del más antiguo al más reciente, según la fecha de entrada al despacho, y efectuará un inventario de los mismos que contendrá la siguiente información: Juzgado de origen, código de identificación del proceso o número de radicación, según corresponda de conformidad con el Acuerdo 201 de 1997, e identificación completa de las partes.

El inventario se diligenciará en tres copias, una para el archivo del despacho, otra para ser entregada con el paquete de procesos a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá y la tercera para ser fijada en la secretaría del despacho con el objeto de comunicar a las partes la entrega de los procesos. De la entrega de procesos se suscribirá un acta en la que se verifique la conformidad de lo entregado y lo relacionado en los inventarios.

ARTÍCULO CUARTO.- La selección y realización del inventario por parte del despacho objeto de descongestión deberá llevarse a cabo el 3 y el 4 de septiembre de 2007. Los procesos ya seleccionados deberán ser enviados a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá, a más tardar el 5 de septiembre de 2007.

La Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá, enviará los expedientes a los juzgados receptores, a más tardar el 6 de septiembre de 2007.

ARTÍCULO QUINTO.- Los juzgados receptores fallarán los procesos entregados sin suspender el trámite de los procesos a su cargo, durante un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR