Acuerdo nº 1209 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Mayo de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 356091770

Acuerdo nº 1209 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Mayo de 2001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2001
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. 1209 DE 2001

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las señaladas en artículo 63 de la Ley 270 de 1996

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear, a partir del 15 de junio y hasta el 14 de diciembre de 2001, en el Centro de Servicios Administrativos de los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad, los siguientes cargos:

Tres (3) cargos de Escribiente nominado

Un (1) cargo de Citador grado 3

ARTÍCULO SEGUNDO.- La elección, en provisionalidad, de los empleados del Centro de Servicios Administrativos de los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad se realizará de conformidad con lo establecido en el Acuerdo No. 781 de 2000.

ARTÍCULO TERCERO.- El mecanismo de descongestión regulado por este Acuerdo tiene vigencia hasta el 14 de diciembre del año dos mil uno (2001) sin perjuicio de su prórroga o de la redefinición de las medidas por parte de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, en virtud de sus resultados.

ARTÍCULO CUARTO.- Mensualmente, la Presidencia de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, hará el seguimiento de las medidas de descongestión establecidas por el presente Acuerdo. Con la misma periodicidad informará los resultados de la medida a la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico, quien...

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