Acuerdo nº PSAA08-4444 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 14 de Enero de 2008
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala Administrativa |
ACUERDO No. PSAA08-4444 DE 2008
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LA SALA ADMINISTRATIVA DEL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado en la sesión de la Sala Administrativa del 19 de diciembre de 2007,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 1 de febrero y hasta el 31 de julio de 2008, doce (12) juzgados Civiles Municipales de Descongestión, con los siguientes cargos:
1 Juez - Nominado
1 Escribiente - Nominado
Parágrafo: Los Jueces creados en el presente Artículo, se asignarán por localidades, de conformidad con la clasificación señalada en el Artículo Séptimo de este Acuerdo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Crear transitoriamente, a partir del 21 de enero y hasta el 31 de julio de 2008, un (1) cargo de Asistente Administrativo Grado 6 y cuatro (4) Asistentes Administrativos Grado 5 en el Centro de Servicios Administrativos de los juzgados civiles y de Familia de Bogotá, para que reciban, radiquen y repartan los despachos comisorios y atiendan, una vez entren en funcionamiento, los juzgados que se crean en el Articulo Primero del presente Acuerdo.
ARTÍCULO TERCERO.- La elección provisional, de los Jueces Civiles Municipales de Descongestión, la efectuará la Sala Plena del Tribunal Superior de Bogotá.
ARTÍCULO CUARTO.- El nombramiento en provisionalidad, de los empleados de los juzgados Civiles municipales de Descongestión, lo efectuará el respectivo Juez de descongestión; y el nombramiento de los empleados para el Centro de Servicios Administrativos de los juzgados Civiles y de Familia de Bogotá lo hará el Director Seccional del Administración Judicial Bogotá – Cundinamarca.
ARTÍCULO QUINTO.- A partir del 21 de enero de 2008, el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Civiles y de Familia de Bogotá, recibirá máximo 14.400 despachos comisorios provenientes de los apoderados, representantes en diligencias de embargo y secuestro de bienes y restitución de inmueble arrendado y entrega, para ser repartidos los 12 Juzgados Civiles Municipales de descongestión, creados en el Artículo Primero del presente Acuerdo.
ARTÍCULO SEXTO.- El número de diligencias a realizar por parte de cada uno de los jueces de descongestión, no podrá ser inferior a ocho (8) despachos comisorios diarios, en promedio.
ARTICULO SEPTIMO.- El Centro de Servicios Administrativos Jurisdiccionales para los Juzgados Civiles y de Familia...
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