Acuerdo nº PSAA08-4891 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 23 de Junio de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 356125958

Acuerdo nº PSAA08-4891 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 23 de Junio de 2008

Fecha de Resolución23 de Junio de 2008
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA08-4891 DE 2008

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el artículo 528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con lo aprobado en la Sesión de Sala Administrativa del 11 de junio de 2007.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Los juzgados 19, 29 y 36 Penales del Circuito de Bogotá, se incorporarán al Sistema Penal Acusatorio a partir del 7 de julio de 2008.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los Juzgados 19, 29 y 36 Penales del Circuito de Bogotá, se incorporarán al Sistema Penal Acusatorio con los cargos de Juez, S. y dos (2) oficiales mayores o sustanciadores.

PARÁGRAFO: Los cargos de escribiente y citador de cada Juzgado incorporado al sistema se trasladarán al Centro de Servicios Judiciales de los juzgados penales de Bogotá a partir del 7 de julio de 2008.

ARTÍCULO TERCERO.- A los Juzgados incorporados por el presente Acuerdo, les será suspendido el reparto de procesos ordinarios, tutelas y habeas Corpus, entre el 1° y el 4 de julio de 2008.

ARTICULO CUARTO.- Los procesos y elementos de proceso, a cargo de los despachos incorporados serán repartidos por la Oficina Judicial a los demás juzgados que conocen de asuntos de Ley 600 de 2000.

Para el efecto, los juzgados incorporados al sistema penal acusatorio, mediante el presente Acuerdo, efectuarán, entre el 1° y el 4 de julio de 2008 un inventario de los procesos que contendrá la siguiente información: Juzgado de origen, código de identificación del proceso o número de radicación, según corresponda de conformidad con el Acuerdo No. 201 de 1997, e identificación completa de las partes.

El inventario se diligenciará en tres copias, dos para ser entregadas con el paquete de procesos a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca y la tercera para ser fijada en la secretaría del despacho que recibe los procesos, con el objeto de comunicar a las partes la entrega de los procesos. De la entrega de procesos se suscribirá un acta en la que se verifique la conformidad de lo entregado y lo relacionado en los inventarios.

PARÁGRAFO.- Los depósitos y títulos judiciales con sus respectivos anexos bancarios debidamente conciliados, de los procesos que en la actualidad estén conociendo los juzgados incorporados serán inventariados y entregados a los juzgados que continúan conociendo de los asuntos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR