Acuerdo nº PSAA09-5615 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 18 de Marzo de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 356137482

Acuerdo nº PSAA09-5615 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 18 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2009
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA09-5615 DE 2009

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en los artículos 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 25 de febrero de 2009

ACUERDA

TITULO I

JUECES DE DESCONGESTIÓN

ARTÍCULO 1°.- Crear transitoriamente, a partir del 13 de abril y hasta el 18 de diciembre de 2009, dos (2) Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión en Villavicencio, cada uno conformado con los siguientes cargos:

Un (1) Juez de circuito nominado

Un (1) Asistente Jurídico grado 19

Un (1) Asistente Administrativo grado 6

PARÁGRAFO: Sin perjuicio de lo dispuesto en este artículo, el nombramiento de los Jueces de descongestión se efectuará una vez la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Villavicencio certifique la disponibilidad de espacios físicos y de infraestructura tecnológica.

ARTÍCULO 2°.- Los Juzgados creados en el artículo 1° de este Acuerdo, tendrán los siguientes códigos de identificación: 500013187701, 500013187702.

ARTÍCULO 3°.- Los Juzgados creados mediante el presente Acuerdo asumirán el conocimiento de los procesos a cargo de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Villavicencio que se encuentran para prescripción, liberación y extinción de la condena, por reparto.

ARTÍCULO 4°.- Los juzgados de descongestión deberán adelantar por lo menos 1.000 actuaciones mensuales.

El incumplimiento injustificado de este estándar de rendimiento, previo seguimiento estadístico por parte de la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico, acarreará la redefinición de la misma.

TÍTULO II

DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

ARTÍCULO 5°.- Crear transitoriamente, a partir del 13 de abril y hasta el 18 de diciembre de 2009, en la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Villavicencio, un (1) cargo Asistente Administrativo grado 5.

PARÁGRAFO: Los cargos de empleados asignados a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Villavicencio, contribuirán con las tareas de soporte tecnológico, organización de archivos administrativos, manejo de inventarios, elaboración de actas, traslado de expedientes y consolidación de las estadísticas del proceso de descongestión de que trata el presente Acuerdo.

TITULO II

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 6°.- Sin perjuicio de lo dispuesto...

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