Acuerdo nº PSAA09-6284 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 13 de Octubre de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 356139790

Acuerdo nº PSAA09-6284 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 13 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2009
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA09-6284 DE 2009

“- REASIGNACIÓN DE FUNCIONES DE ALGUNOS JUECES ADJUNTOS. De acuerdo con la normatividad vigente, se reasigna de manera transitoria para la realización de funciones piloto de ejecución civil, a los jueces adjuntos de los Juzgados 21 y 33 Civiles Municipales de Bogotá creados mediante el Acuerdo 5572 de 2009, cuyos códigos de identificación serán 110014003701 y 110014003702, a partir del 15 de noviembre y hasta el 18 de diciembre de 2009.

ARTÍCULO SEGUNDO.- REASIGNACIÓN DE FUNCIONES DE ALGUNOS EMPLEADOS DE JUECES ADJUNTOS. De acuerdo con la normatividad vigente, se reasigna de manera transitoria para la realización de funciones piloto de ejecución civil, a los sustanciadores creados mediante el Acuerdo 5572 de 2009, a los Juzgados 21 y 33 Civiles Municipales adjuntos, a partir del 15 de noviembre y hasta el 18 de diciembre de 2009.

ARTÍCULO TERCERO.- CREACIÓN DE UNA OFICINA PILOTO DE EJECUCIÓN CIVIL. Se crea una Oficina Piloto de Ejecución Civil encargada de desarrollar actividades de selección de procesos ejecutivos y realización de acciones de ejecución en algunos procesos judiciales pertenecientes a 10 juzgados civiles municipales de Bogotá, a partir del 15 de noviembre de 2009.

ARTÍCULO CUARTO.- Crear, desde el 15 de noviembre y hasta el 18 de diciembre de 2009, en la Oficina Piloto de Ejecución Civil un cargo de Secretario de Juzgado civil Municipal.

PARÁGRAFO PRIMERO.- La Oficina Piloto de Ejecución Civil será integrada por los dos Jueces de descongestión y los dos sustanciadores que fueran adjuntos, por el S. de la Oficina y cinco (5) practicantes de apoyo.

PARÁGRAFO SEGUNDO. La Oficina Piloto de Ejecución tramitará procesos ejecutivos provenientes de los juzgados civiles municipales del Distrito Judicial de Bogotá: 2º, 5º, 11, 13, 14, 15, 21, 23, 33, 73.

ARTICULO QUINTO.- El régimen salarial y prestacional del cargo de Secretario creado en el presente Acuerdo será el establecido para la Rama Judicial.

ARTICULO SEXTO.- RECURSOS. Se suministrarán sin cargo a la Rama Judicial 5 practicantes con conocimientos en administración o carreras afines y buen manejo de herramientas computacionales. El Director Ejecutivo Seccional de Administración Judicial de Bogotá-Cundinamarca dispondrá inicialmente el mobiliario y los equipos de cómputo para la oficina piloto de ejecución civil, así como, la ubicación física requerida.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- FUNCIONES DE LA OFICINA PILOTO DE EJECUCIÓN. La oficina piloto de ejecución...

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