Acuerdo nº PSAA09-6345 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 18 de Noviembre de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 356142206

Acuerdo nº PSAA09-6345 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 18 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2009
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA09-6345 DE 2009

“002”.

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 20 del artículo 85 de la Ley 270 de 1996, y de conformidad con lo aprobado en sesión del 11 de noviembre de 2009,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Los cargos de Auxiliares de la Justicia son oficios públicos que deben ser desempeñados por personas idóneas de conducta intachable, excelente reputación e incuestionable imparcialidad. Para cada oficio se exigirá versación y experiencia en la respectiva materia y cuando fuere el caso, título profesional legalmente expedido. Los honorarios respectivos constituyen una equitativa retribución del servicio y no podrán gravar en exceso a quienes solicitan que se les dispense justicia por parte del poder público.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los cargos para la designación de Auxiliares de la Justicia corresponden a: P., Secuestres, Curadores Ad- litem, Contadores, Agrimensores, S., Interpretes, y Traductores.

De igual forma se incluye el registro público de acciones populares y de grupo.

ARTÍCULO TERCERO.- El amparo de pobreza corresponde a la designación de abogados para asumir procesos de los despachos y corporaciones de la Rama Judicial, de personas que se encuentren en incapacidad de atender los gastos que demanda la actuación procesal.

La designación de abogados en amparo de pobreza, se realizará de las listas que elaboren las Cortes, Tribunales y Juzgados cada bienio en el mes de febrero, de abogados que ejerzan habitualmente la profesión ante los respectivos despachos.

ARTÍCULO CUARTO.- Los Auxiliares de la Justicia que hacen parte de los listados conformados según el Acuerdo No 1518 de 2.002...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR