Providencia nº 11001010200020120045800 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 29 de Febrero de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 359347134

Providencia nº 11001010200020120045800 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 29 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución29 de Febrero de 2012
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

RAMA JUDICIAL

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá, D.C., 29 de febrero de 2012.

Aprobado según A. No. 16 de la fecha

Magistrado Ponente: Doctor A.L.R.

Radicación No. 11001012000201200458 00

|Referencia: |Definición de Competencia |

|Colisionantes: |Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento |

|Tema: |Presuntos delitos de Fraude Procesal, Falsedad Ideológica en Documento |

| |Público, Tráfico Fabricación de Estupefacientes. |

|Decisión: |Adscribe a la Jurisdicción Ordinaria Penal. |

ASUNTO A DECIDIR

Procede esta Sala a dirimir el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Penal del Circuito Con Función de Conocimiento, de Bogotá a propósito de definir la competencia para conocer del proceso penal adelantado contra los integrantes de la Policía Nacional, patrulleros A.F.C. B. Y YIMY ANTONIO CORREDOR UYUBAN, por los presuntos delitos de Fraude Procesal, Falsedad Ideológica en Documento Público, Tráfico Fabricación y Porte de Estupefacientes.

ANTECEDENTES PROCESALES

En el Juzgado 42 de Penal Municipal Con función de Control de Garantías de Bogotá, se adelanta la correspondiente investigación penal, a fin de determinar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tuvo ocurrencia la posible comisión de los hechos delictuosos denunciados el día 2 de marzo del 2010, por la señora R.I.P.A., quien señaló que lleva 17 años laborando como vendedora estacionaria en la entrada de urgencias de la clínica M., y que desde hacía un mes la policía la venía atropellando y el día 1° de marzo de 2010 a eso de las 17.30 horas aproximadamente estaba trabajando con su hijo O.J.C.P., en el puesto, cuando llegaron los citados policías quienes en forma grosera le dijeron que necesitaban una requisa, aduciendo que ellos “expendían drogas y tenían armas, colocándose a revisar la carreta y uno de ellos se quitó el casco y sacó un talego con papeletas y moños, y dijo le encontramos 50 papeletas de cocaína y 15 moños de marihuana, sin ni siquiera haber revisado y contado lo que tenía la bolsa”, en ese momento la denunciante le tomó una foto al policía y le dijo que era un policía corrupto y le robaron la mercancía que tenía en su carreta y luego de una discusión cogieron a su hijo y lo montaron a la patrulla policial y trataron de hacer lo mismo con la denunciante quien no se dejó detener pero le propinaron lesiones personales que dieron origen a una incapacidad de 15 días según medicina legal.

Posteriormente por la investigación de campo adelantada se estableció que los policiales que ejecutaron el procedimiento denunciado correspondían a los nombres de A.F.C.B. Y YIMY ANTONIO CORREDOR UYUBAN, quienes presentaron informe de la captura en flagrancia con estupefacientes de “50 papeletas con olor característico a bazuco y 19 tacos envueltos en papel blanco similar al cigarrillo, que con prueba preliminar de PIPH dio 30, 6 gramos de alcaloide de cocaína y 51.5 gramos de marihuana”, además se estableció que el lugar donde se realizó el procedimiento policial corresponde a la localidad de Mártires al CAI de S.M. y no a la de Teusaquillo a donde pertenecían los policiales. (fl. 32 y 33 c. o.) .

Los anteriores hechos generaron la apertura del sumario en contra de los policiales que participaron en dicho procedimiento los Patrulleros ARNOL FERNANDO CASANOVA BELTRÁN Y YIMY ANTONIO CORREDOR UYABÁN, investigación adelantada hasta el proferimiento en contra de éstos de la medida de aseguramiento, en la audiencia cebrada el 11 de enero de 2011audiencia preliminar imputación de cargos efectuada por el Fiscal 242, por los delitos de Trafico, Fabricación y Porte de Estupefacientes en concurso con el delito de Falsedad ideológica en Documento Público, Fraude Procesal, donde no aceptaron los cargos que les fueron imputados con fundamento en los artículos 286, 287 y 288 y subsiguientes del Código de Procedimiento Penal, por los hechos denunciados por R.I.P.A. el día 2 de marzo de 2010, y a su vez solicitó la imposición de la medida de aseguramiento en su contra, decisión respecto de la cual la defensa de los policiales interpusieron recurso de reposición y en subsidio el de apelación, alegando la nulidad de lo actuado por falta de jurisdicción y violación del debido proceso, a la legalidad, además hasta ahora no existen pruebas de la existencia del delito que se les imputa que es por lo que se va a debatir en juicio, alegando que los encartados eran miembros de la fuerza pública que debían ser investigados por la Jurisdicción Penal Militar, por cuanto tenían un régimen especial de carrera tanto prestacional como disciplinario, señalando además que el proceso disciplinario adelantado al interior de la Institución...

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