- 7 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 359494762

Número de Boletín46384

07/09/2006El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable.

Que para los fines del presente decreto se cuenta con viabilidad presupuestal, por parte de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

DECRETA:

Artículo 1º Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes empleos:

|N° de cargos |Dependencia, Nivel y Denominación del Empleo |Código |Grado |

| | | | |

|1 (uno) |Alto Consejero Presidencial |110 |–– |

| | | | |

|1 (uno) |Asesor |210 |48 |

| | | | |

|2 (dos) |Asesor |210 |47 |

| | | | |

Artículo 2º El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de septiembre de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director del Departamento Administrativo...

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