Providencia nº 11001010200020120023600 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 25 de Julio de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 396651850

Providencia nº 11001010200020120023600 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 25 de Julio de 2012

Fecha de Resolución25 de Julio de 2012
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

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| |RAMA JUDICIAL |

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| |SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA |

B.D.C., veinticinco (25) de julio de dos mil doce (2012)

Magistrado Ponente: Dr. P.A.S.B.

Radicación No. 110010102000201200236 00

Aprobada según Acta de Sala N° 062 de la misma fecha.

R.. Funcionario única instancia

Magistrado Sala Disciplinaria Barranquilla

VISTOS

Procede esta Sala a evaluar el mérito probatorio de las diligencias de indagación preliminar seguidas en contra del doctor MARIO H.G.G., en su condición de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico, surgidas con ocasión de queja interpuesta por el señor J.F.D.L., por medio de la cual puso en conocimiento presunta inactividad dentro del proceso adelantado contra el Fiscal 59 Seccional de la Unidad de Delitos contra el Patrimonio Económico de Barranquilla.

HECHOS

En escrito del 20 de enero de 2012, el señor J.F.D.L., solicitó a esta Superioridad investigar la inactividad que se presentaba en varios procesos disciplinarios a cargo de la seccional de Barranquilla, para el caso, el contentivo de su queja contra el Fiscal 59 Seccional de la Unidad de Delitos contra el Patrimonio Económico de esa misma ciudad, porque en su criterio le ha vulnerado sus derechos en calidad de víctima.

TRÁMITE

  1. - Con fundamento en la queja interpuesta, la Corporación dio inicio a indagación preliminar en providencia adiada el 20 de febrero de 2012, para lo cual se dispuso notificar al doctor MARIO H.G.G., en su condición de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico[1] y requerir a la Secretaría para que rindiera informe sobre las actuaciones correspondientes al proceso en el cual figura como quejoso el señor J.F.D.L., y denunciado el Fiscal 59 Seccional de la Unidad de Delitos contra el Patrimonio Económico de Barranquilla[2].

  2. - Fue allegada documentación demostrativa de la condición de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico, del doctor MARIO H.G.G.[3].

  3. - La Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, en cumplimiento a comisión de esta Superioridad, notificó personalmente al Magistrado disciplinado el auto de inicio de indagación preliminar[4].

  4. - La secretaría de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico, informó el trámite dado a la denuncia interpuesta por el señor J.F.D.L. contra el Fiscal 59 Seccional de la Unidad de Delitos contra el Patrimonio Económico de Barranquilla , así:

    4.1.- El reparto se realizó el 13 de julio de 2010, correspondiéndole al doctor MARIO H.G.G..

    4.2.- El 12 de agosto...

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