Concepto 2009002090-001 de Superintendencia Financiera, de 31 de Marzo de 2009 - Normativa - VLEX 404556917

Concepto 2009002090-001 de Superintendencia Financiera, de 31 de Marzo de 2009

(…) formula algunas inquietudes ante esta Superintendencia, en los siguientes términos:

1.“Qué entidades gubernamentales o estatales se encuentran facultadas legalmente para expedir regulaciones en torno a las actividades del mercado de valores?”.

-De conformidad con lo previsto por el artículo 150 de la Constitución Política, le corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce, entre otras, las siguientes funciones:

“(…) 8. Expedir las normas a las cuales debe sujetarse el gobierno para el ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia que señala la Constitución.

“(…) 19. Dictar las normas generales, y señalar en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el gobierno para los siguientes efectos:

“(…) Regular las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público.

- A su turno, el artículo 4º de la Ley 964 de 2005 consagra las facultades de intervención del Gobierno Nacional, a través de la expedición de normas de carácter general, entre otras, para:

“a) Determinar las actividades que, en adición a las previstas en la presente ley, hacen parte del mercado de valores por constituir manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público mediante valores, así como establecer su regulación. Igualmente, establecer la regulación aplicable a las actividades del mercado de valores señaladas en las normas vigentes.

“b) Establecer la regulación aplicable a los valores, incluyendo, el reconocimiento de la calidad de valor a cualquier derecho de contenido patrimonial o cualquier instrumento financiero, siempre y cuando reúnan las características previstas en el inciso 1° del artículo 2° de la presente ley; lo relativo a las operaciones sobre valores, (…) y la determinación de las actividades que constituyen intermediación de valores.

c)Establecer la regulación aplicable a las entidades sometidas a la inspección y vigilancia permanente de la Superintendencia de Valores incluyendo, su organización y funcionamiento; el mantenimiento de niveles adecuados de patrimonio, de acuerdo con los distintos riesgos asociados a su actividad; definición, de manera general y previa de las prácticas constitutivas de conflictos de interés, así como los mecanismos a través de los cuales se manejen, revelen o subsanen dichas situaciones, cuando a ello hubiere lugar (…)

d)Determinar los casos en los cuales las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria podrán realizar nuevas actividades de intermediación en el mercado de valores, sin perjuicio de la realización de las...

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