Acuerdo nº 317 de Concejo de Bogotá, de 24 de Junio de 2008 - Normativa - VLEX 406726217

Acuerdo nº 317 de Concejo de Bogotá, de 24 de Junio de 2008

EL CONCEJO DE BOGOTA, D. C.

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las contenidas en el artículo 313 de la Constitución Política, artículo 12 numerales 7 y 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Ley 9 de 1979 y el Decreto 614 de 1984

A C U E R D A:

ARTÍCULO PRIMERO.- La Administración Distrital rehabilitará las zonas bajas ubicadas en los diferentes puentes vehiculares dentro del perímetro del Distrito Capital, con el fin de reducir la inseguridad y optimizar estos espacios públicos como parte del mobiliario urbano de la ciudad.

ARTICULO SEGUNDO.- El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público y el Instituto de Desarrollo Urbano IDU, procederán a la adecuación de las zonas bajas de los puentes vehiculares con el fin permitir su aprovechamiento económico tanto por entidades Distritales como por particulares.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las...

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