Acuerdo nº 311 de Concejo de Bogotá, de 23 de Junio de 2008 - Normativa - VLEX 406727405

Acuerdo nº 311 de Concejo de Bogotá, de 23 de Junio de 2008

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las previstas en el Decreto 1421 de 1993 en su artículo 12, numeral 1º y 13.

A C U E R D A:

ARTÍCULO PRIMERO. Inventario del Patrimonio Cultural. El Inventario del Patrimonio Cultural tangible e intangible del Distrito Capital, deberá seguir los lineamientos que para tal efecto defina el Ministerio de Cultura, como entidad responsable del Registro Nacional del Patrimonio Cultural.

ARTÍCULO SEGUNDO. Entidad Responsable. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte será la encargada de desarrollar los lineamientos para la realización del Inventario del Patrimonio Cultural tangible e intangible del Distrito Capital y su ejecución corresponderá al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, en coordinación con las entidades del orden Distrital, según sus competencias.

ARTÍCULO TERCERO. Actualización. El Inventario del Patrimonio Cultural tangible e intangible del Distrito Capital, será actualizado de manera permanente por el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

Parágrafo. El Inventario del Patrimonio Cultural tangible e intangible comprenderá los aspectos señalados en el artículo 4º de la Ley 397 de 1997 o la norma que la modifique o adicione.

ARTÍCULO CUARTO. Estrategia Integral. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte establecerá las estrategias para promover, divulgar y fomentar de manera permanente, el Inventario del Patrimonio Cultural tangible e intangible del Distrito Capital, a través del Instituto Distrital...

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