Acuerdo nº 05 de Concejo de Bogotá, de 30 de Abril de 1998 - Normativa - VLEX 407348597

Acuerdo nº 05 de Concejo de Bogotá, de 30 de Abril de 1998

EL CONCEJO DE SANTA FE DE BOGOTA, D.C.

En uso de sus atribuciones constitucionales y en especial las conferidas por el Artículo 136 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el Artículo 52 de la ley 179 de 1994,

A C U E R D A:

ARTICULO PRIMERO .- El Artículo 14 del Acuerdo 20 de 1996, quedará así:

En cada vigencia el Gobierno Distrital reducirá el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento cuando las reservas constituídas para ellos, superen el 4% del Presupuesto del año inmediatamente anterior. Igual operación realizará sobre las apropiaciones de inversión, cuando las reservas para tal fin excedan el 20% del presupuesto de inversión del año anterior.

Al determinar el valor de las reservas de gastos y del presupuesto del año inmediatamente anterior, se exlcuirán las financiadas con el situado Fiscal y las Transferencias de Ingresos Corrientes de la Nación y los demás ingresos con destinación específica.

El Gobierno Distrital reducirá el presupuesto de los próximos dos (2) años, así:

1) Para el año de 1998, la reducción será equivalente al 80% del monto de las reservas presupuestales constituídas sobre el presupuesto de 1997, que exceda los porcentajes indicados del presupuesto de dicho año.

2) A partir del año de 1999, la reducción será equivalente al 100% del monto de las reservas presupuestales constituídas sobre el presupuesto del año inmediatamente anterior, que exceda de los porcentajes indicados del presupuesto de dicho año. Así mismo la expedición del Decreto de reduccción presupuestal con cargo al régimen de reservas no podrá ser posterior al 30 de Abril de cada vigencia.

PARAGRAFO PRIMERO: Para el año 1999 en el cálculo de la reducción presupuestal no se tendrá en cuenta el monto de las reservas constituídas con los recursos de crédito y adición presupuestal incorporada en la armonización...

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