Auto nº 166/08 de Corte Constitucional, 10 de Julio de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 43476908

Auto nº 166/08 de Corte Constitucional, 10 de Julio de 2008

PonenteManuel Jose Cepeda Espinosa
Fecha de Resolución10 de Julio de 2008
EmisorCorte Constitucional
Expediente1703503

Auto 166/08

Referencia: expediente T-1703503

Solicitud de adición

Magistrado Ponente:

Dr. M.J.C. ESPINOSA

Bogotá, D.C., diez (10) de julio de dos mil ocho (2008).

La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados, M.J.C.E., J.C.T. y R.E.G., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,

CONSIDERANDO

  1. El artículo 309 del C.P.C establece un término de 3 días para presentar la solicitud de adición, contados desde la ejecutoria de la providencia. Ver, entre otros lo Autos: A-117 de 2002 (MP Marco G.M.C., A-026 de 2003 (MP E.M.L., A-072 de 2003 (MP M.J.C.E., A-221 de 2003 (MP A.B.S., A-001A de 2004 (MP Clara I.V.H.) y A-016 de 2006 (MP Marco G.M.C..

  2. En el presente caso, toda vez que el escrito de adición fue radicado el 6 marzo de 2008 y la sentencia T-1022 de 2007 fue notificada al demandante el 30 de mayo de 2007 Por solicitud de este despacho el Juzgado Treinta Civil Municipal de Cali remitió la certificación de notificación con la planilla de Adpostal en la que se señala que fue recibido por D.S.. y quedó ejecutoriada el lunes 4 de junio de 2007, se observa que la solicitud fue presentada de forma extemporánea y por lo tanto será rechazada.

RESUELVE

RECHAZAR por extemporánea, la solicitud formulada por el ciudadano Á.A.A. para que se adicione la sentencia T-1022 de 2007 y devolver al juez de primera instancia.

  1. y cúmplase.

M.J.C. ESPINOSA

Magistrado

JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO

Magistrado

RODRIGO ESCOBAR GIL

Magistrado

MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR