Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 470302230

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Septiembre de 2013

Fecha25 Septiembre 2013
Número de expediente42310
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE

L.G.S.O.

Aprobado: Acta No. 317-

Bogotá, D.C., veinticinco (25) de septiembre de dos mil trece (2013)

MOTIVO DE LA DECISIÓN

Se resuelve el impedimento manifestado por el doctor A.P.P. en su condición de Magistrado de la Sala Penal del Tribunal de Distrito Judicial de Bogotá, quien al amparo de la causal 4ª del artículo 99 de la Ley 600 de 2000, se declaró impedido para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del 22 de febrero de 2013, a través de la cual el Juzgado 41 Penal del Circuito de la misma ciudad resolvió, entre otros, condenar a M.L.M.T. y otros por el delito de rebelión.

HECHOS Y ANTECEDENTES

  1. De la resolución de acusación del 11 de mayo de 2009[1], se tiene que la investigación tuvo origen en el informe del 3 de diciembre de 2005 de la Central de Inteligencia Militar No. 8, en el que se analizó una serie de documentos que fueron incautados el 28 de noviembre de ese año por tropas del batallón de Contraguerrilla No. 9 “Los Panches”, en el sitio conocido como San Agustín del municipio de Colombia (Huila), donde fueron dados de baja dos hombres, los que al parecer pertenecían al frente A.N. de las FARC.

    Los escritos contienen anotaciones de diversas actividades, del trabajo de organización de masas para conformar células urbanas del PCCC (Partido Comunista Clandestino de Colombia) y del movimiento bolivariano nueva Colombia, en distintos sectores y barrios de Bogotá.

    Asimismo, se incorporó el informe No.0859 del 2 de octubre de 2008 de la DIJIN, en el que se relaciona la recuperación de una memoria USB hallada en el campamento del frente Policarpa Salavarrieta del Bloque Oriental de las FARC, la cual contiene datos de los miembros de esa organización infiltrados en diferentes centros de educación del país.

    Después, se allegó el informe No. 02782 del 7 del mismo mes y año, en el que se adjuntan 55 hojas de vida impresas, de personas que militan en las FARC y que tienen relación con centros educativos de Colombia. Dicha reporte fue extraído de una USB, la cual fue encontrada en desarrollo de la operación ARMAGEDÓN en el sector “caño mansitas” del municipio de la Macarena (Meta) por Unidades de Despliegue Rápido del Ejército Nacional.

  2. El 22 de febrero de 2013[2] el Juzgado 41 Penal del Circuito de Bogotá profirió sentencia condenatoria en contra de M.L.M. TORRES, Y.A.B.A., X.J.M.E., P.E.Z.V., S.P.I.R., L.F.P.C., C.A.C.M., T.A.N., I.G.P., F.M.P.C., O.S.D., Y.N.O.C., C.E.V.C., C.H.R.G., DILIA CONSUELO FUERTES CHAPARRO, J.C.R.V., P.J.M.M., D.P.O.C., O.M.R.S., A.I.A.A. y É.A.G.A. por el delito de rebelión.

  3. El fallo fue impugnado y remitido a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial Bogotá, cuyo reparto le correspondió al magistrado A.P.P..

  4. El 9 de septiembre de 2013[3], el doctor P.P. invocó la causal de impedimento consagrada en el numeral 4º del artículo 99 de la Ley 600 de 2000, para conocer de la apelación interpuesta contra la providencia proferida por el A quo.

    Aseguró que cuando se desempeñó como docente de la Universidad Surcolombiana de Neiva, dirigió un semillero de estudiantes de esa...

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