Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 25 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 477866206

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 25 de Septiembre de 2013

Número de expediente33782
Fecha25 Septiembre 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

R.E. BUENO

Magistrado Ponente

STL3259-2013

Radicación No. 33782

Acta No. 30

Bogotá D.C., veinticinco (25) de septiembre de dos mil trece (2013).

Resuelve esta Corte la acción de tutela promovida por G.P.S. contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.

ANTECEDENTES

G.P.S., a través de apoderado judicial, promovió acción de tutela contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B. porque consideró vulnerados sus derechos fundamentales, a un trato en igualdad de condiciones, a la seguridad social, al acceso a la administración de justicia, al trabajo, al mínimo vital y a un debido proceso, dentro del proceso ordinario laboral seguido por aquélla contra Aerovías Nacionales de Colombia S.A. Avianca, la Compañía de Servicios Generales Aeronáuticos Ltda. S.L.. y la Compañía de Servicios y Administración S.A.S.S.A.

Expuso la accionante que promovió proceso ordinario laboral contra Aerovías Nacionales de Colombia S.A. Avianca, la Compañía de Servicios Generales Aeronáuticos Ltda. S.L.. y la Compañía de Servicios y Administración S.A. Serdán S.A. dentro del cual el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de B. profirió sentencia, el 25 de junio de 2004, negando sus pretensiones y declarando probadas las excepciones de inexistencia de unidad de empresa, terminación de la relación laboral a partir de agosto de 1991 y ausencia de razones para declarar sin validez o eficacia los contratos de trabajo celebrados por la señora P.S. y Avianca, a partir del 15 de agosto de 1991; que apeló dicha decisión la cual fue confirmada por el Tribunal, el 12 de agosto de 2005; que tardó en la interposición de la acción de tutela porque estaba en la espera del resultado del proceso seguido por I.M.U. contra Aerovías Nacionales de Colombia S.A. Avianca, la Compañía de Servicios Generales Aeronáuticos Ltda. S.L.. y la Compañía de Servicios y Administración S.A. Serdán S.A. caso similar donde el fallo en primera y segunda instancia fue favorable al trabajador, en el cual esta Corporación mediante sentencia radicado No. 33796 se pronunció; que de forma posterior a dicha sentencia trató de ubicar a su poderdante sin tener éxito.

Por auto del 16 de septiembre de 2013 fue admitida la acción de tutela.

Dentro del término de traslado las accionadas guardaron silencio.

CONSIDERACIONES

Con el...

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