Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 22 de Octubre de 2013
Fecha | 22 Octubre 2013 |
Número de expediente | 33100 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
R.E. BUENO
Magistrado Ponente
STL3615-2013
Radicación No. 33100
Acta No. 34
Bogotá D.C., veintidós de octubre de dos mil trece (2013).Resuelve la Corte la acción de tutela instaurada por J.C.S.S. contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
El señor J.C.S.S., por conducto de apoderado judicial, instauró acción de tutela contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
Señaló que la señora A.Y.S.P. presentó demanda ordinaria laboral en contra de su padre, señor J.S.S.; que el conocimiento del asunto correspondió al Juzgado Veintitrés Laboral del Circuito de Bogotá; que el apoderado judicial de la demandante señaló la “carrera 57 A No. 2A-99”, como dirección de notificación de la parte demandada, a pesar de que “la presunta certificación laboral que se anexa como prueba” indica que la dirección es Carrera 57 No. 2-99 “y no 2A-99” ; que, en efecto, el citatorio fue enviado a la dirección señalada por la parte actora y, al parecer, recibido por persona desconocida; que, luego, fueron remitidos los documentos tendientes a surtir la notificación por aviso, a la misma dirección; que mediante auto del 3 de agosto de 2010 se dio por no contestada la demanda; que las veces que fueron enviados telegramas, lo fueron a la dirección errada; que mediante sentencia de primera instancia se declaró la existencia del contrato de trabajo entre las partes trabadas en conflicto y se condenó al demandado al pago de distintos emolumentos de índole laboral; que a continuación del proceso ordinario laboral y una vez ejecutoriada la sentencia de primer grado, la parte demandante inició el proceso ejecutivo; que con ocasión del mismo, se ordenó el embargo de las cuentas bancarias del demandado, esto es, del señor J.S.S.; que su padre, el 8 de mayo de 2012, fue víctima del delito de desaparición forzada, el cual, en la actualidad se encuentra en investigación por parte de la autoridad competente; que solicitó al F. que conoce de la causa, lo designara como administrador de los bienes de su padre, dado que con ocasión del embargo de las cuentas de su padre, se enteró del proceso ejecutivo que cursaba en contra de aquél; que ante el silencio de la Fiscalía resolvió promover proceso de jurisdicción voluntaria para que se le nombrara como curador del declarado ausente; que solicitó la nulidad por indebida notificación, que fue negada; que con posterioridad presentó recurso extraordinario de revisión que fue inadmitido por no...
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