Informe de Ponencia Negativa Para Primer Debate al Proyecto de Ley 130 de 2013 Cámara
por medio de la cual se modifica el artículo 28 de la Ley 16 de 1990. Bogotá, D. C., mayo 6 de 2014
Doctor
LUIS ANTONIO SERRANO MORALES
Presidente Comisión Tercera Constitucional
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad
Asunto: Informe de ponencia para primer debate negativa al Proyecto de ley número 130 de 2013 Cámara.
Cordial saludo:
En atención a la honrosa designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Tercera Permanente de Cámara y dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 153 de la Ley 5ª de 1992, me permito presentar ponencia negativa al Proyecto de ley número 130 de 2013 Cámara, por medio de la cual se modifica el artículo 28 de la Ley 16 de 1990, en los siguientes térmi nos:
1. Objeto del proyecto
El proyecto de ley consta, únicamente, de la adición de un parágrafo al artículo 28 de la Ley 16 de 1990, con el cual se busca obtener una cobertura del 100% del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG) para pequeños productores en cualquier operación de crédito y con cobro de comisión del 75%.
Se sustenta el proyecto en que, en la actualidad, el FAG garantiza el capital y la cobertura hasta por el 80% del valor del crédito para pequeños productores, con valor de comisión del 1.5% anual.
Se sostiene, en la breve exposición de motivos, que la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, mediante las Resoluciones números 13 de 2007 y 13 de 2008 creó el FAG Especial, con la finalidad de otorgar las garantías hasta del 100% del capital garantizado, manteniendo el mismo valor de la comisión anual, para respaldar los créditos otorgados a pequeños productores cuya actividad se desarrolle en zonas donde se hayan presentado situaciones de desastre natural.
El FAG Especial fue una medida de auxilio pero se encuentra temporalmente suspendida por falta de recursos.
Aunque en la exposición de motivos se plantea que este proyecto busca beneficiar a los pequeños productores que hayan sido afectados por desastres naturales o cambio climático, en el texto del proyecto nada se menciona al respecto, es decir, se entendería entonces que beneficia a los pequeños productores sin tomar en consideración si han sido afectados por desastres naturales.
2. Antecedentes del proyecto
Esta iniciativa legislativa fue presentada por el honorable Representante Buenaventura León León, ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes el día 22 de octubre de 2013, radicado bajo el número 130 de 2013.
Igualmente, el texto por tener unidad de materia con el Proyecto de ley número 134 de 2013 fue presentado por el doctor Buenaventura León León como proposición en Sesión Conjunta de las Comisiones Económicas Terceras Constitucionales de la honorable Cámara de Representantes, no obteniendo la proposición el aval del gobierno.
3. Marco Normativo
El Proyecto de ley número 130 de 2013 fue radicado de conformidad con la Ley 5ª de 1992 y demás normas concordantes.
4. Articulado radicado
PROYECTO DE LEY NÚMERO 130 DE 2013 CÁMARA
por la cual se modifica el artículo 28 de la Ley 16 de 1990.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Modifíquese el artículo 28 de la Ley 16 de 1990, adicionándole un parágrafo, el cual quedará así:
Artículo 28. Parágrafo 2°. Para pequeños productores la cobertura del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG) será del 100% para cualquier operación de crédito y con cobreo de comisión del .0.75%.
Artículo 2°. Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.
5. Consideraciones generales
En virtud de la importancia del asunto planteado en el proyecto de ley, además de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba