Sentencia nº 760012331000200600229 01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 26 de Abril de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 52497012

Sentencia nº 760012331000200600229 01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 26 de Abril de 2007

Fecha26 Abril 2007
Número de expediente760012331000200600229 01
EmisorSECCIÓN QUINTA
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION QUINTA

Consejero Ponente: REINALDO CHAVARRO BURITICÁ

Bogota, D.C., veintiséis (26) de abril de dos mil siete (2.007)

Radicación número: 760012331000200600229 01

Actor: Tiberio Jiménez Santiago

Acción de Cumplimiento.

Conoce la Sala de la apelación interpuesta por la demandada en contra de la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, el veintinueve (29) de septiembre de dos mil seis (2006), por medio de la cual se negó la acción de cumplimiento presentada.ANTECEDENTES

La demanda.El señor T.J.S., mediante apoderado, presentó demanda con el Ministerio de Transporte, a fin de que se le ordene dar cumplimiento al artículo 58 de la Ley 9 de 1989, al artículo 2° de la Ley 1001 de 2005 y al artículo 5° del Decreto 540 de 1998.

Con el cumplimiento de las referidas normas el demandante pretende que se realicen las diligencias necesarias para que la demandada expida un acto administrativo en el que le ceda a título gratuito el inmueble que posee.Fundamenta su pretensión en los siguientes hechos:

• Que la demandante como responsable de la concesión, administración y explotación del aeropuerto R.N. de Cartagena, con ocasión de la presencia de grandes cantidades de aves en el trayecto de la operación aérea solicitó a la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique CARDIQUE realizar un estudio técnico para que se determinara la causa de la proliferación de las aves y su forma de mitigación.

• Que CARDIQUE en una visita de inspección observó que en el exterior del aeropuerto se conjugaron varios factores que atraen a las aves, en el extremo sur de la pista del aeropuerto existe un botadero de residuos sólidos, y sobre él se construyó un puente peatonal que incrementa la disposición de la comunidad de botar basura; de otra parte, un terreno de propiedad de la Alcaldía Municipal se ha convertido en un basurero satélite.

• Que la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique CARDIQUE requirió al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias para que en el término de un mes desmonte el puente peatonal construido sobre el canal paralelo, y para que realice un cerramiento con muro de material en el terreno de su propiedad y evitar así que el predio siga siendo utilizado como basurero satélite.

• Que en diferentes oportunidades se le ha solicitado a la alcaldía cumplir con lo ordenado por CARDIQUE, en atención al peligro que representa para la operación del aeropuerto la cantidad de aves que lo rodean.

• Que este problema pone en peligro la vida de los pasajeros que utilizan este medio de transporte y puede originar hasta el cierre del terminal aéreo por la falta de control del factor avial.Actuación Procesal.

La demanda fue presentada el veintisiete (27) de octubre de dos mil cinco (2005); mediante auto de veintinueve (29) de noviembre de dos mil cinco (2005) fue admitida y en consecuencia se ordenó la notificación al Alcalde del Distrito Turístico y Cultural de C. a quien se le concedió un término de tres días hábiles, siguientes al de la fecha de notificación, para hacerse parte en el proceso, allegar pruebas o solicitar su práctica. (fl. 87).

La demandada, mediante apoderado, dentro del término otorgado, contestó la demanda y se opuso a la prosperidad de la pretensión señalando: (fls. 95 a 101).

• Que la acción de cumplimiento es improcedente porque no se satisfizo el requisito de procedibilidad señalado en el artículo 8° de la Ley 393 de 1997, toda vez que el actor no aportó escrito en el cual solicite al Alcalde del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena el cumplimiento...

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