Sentencia nº 110010324000200100306 01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 16 de Junio de 2005 - Jurisprudencia - VLEX 52529171

Sentencia nº 110010324000200100306 01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 16 de Junio de 2005

Número de expediente110010324000200100306 01
Fecha16 Junio 2005
EmisorSECCIÓN PRIMERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de junio del dos mil cinco (2005)

Consejera Ponente: D.M.C.R.L.

Ref.: Expediente núm. 110010324000200100306 01

Actor : ALPHA SHOES S.A.

Procede la Sección Primera a dictar sentencia de única instancia para resolver la demanda que ha dado lugar al proceso de la referencia, instaurada por ALPHA SHOES S.A. contra las Resoluciones núms. 22778 de 12 de septiembre de 2000, expedida por la División de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la cual declaró infundada la oposición formulada por la actora contra la solicitud de registro de la marca FIGURA DE UN ANIMAL SALVAJE EN POSICIÓN DE AVANZADA y, en consecuencia, concedió el registro de dicha marca a RED BULL GmbH, para distinguir los servicios de la Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza; 31139 de 30 de noviembre de 2000, mediante la cual se resolvió el recurso de reposición interpuesto contra la resolución inicialmente citada, confirmándola; y 12256 de 30 de marzo de 2001, mediante la cual el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución 22778 de 12 de septiembre de 2000, confirmándola.

ANTECEDENTES
  1. Las pretensiones de la demanda

La demanda instaurada busca la nulidad de los actos arriba identificados y que, como consecuencia de lo anterior y a título de restablecimiento del derecho, se cancele la inscripción del registro de la marca FIGURA DE UN ANIMAL SALVAJE EN POSICIÓN DE AVANZADA para identificar los servicios de la Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza; de igual manera, solicita que se ordene a la División de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio publicar la sentencia en la Gaceta de la Propiedad Industrial.

b.- Los hechos de la demanda

Los hechos que cita la parte actora como fundamento de sus pretensiones son, en forma resumida, los siguientes:

  1. RED BULL GmbH solicitó el registro de la marca FIGURA DE UN ANIMAL SALVAJE EN POSICIÓN DE AVANZADA para distinguir productos de la Clase 25, solicitud que fue radicada bajo el núm. 0022562, y cuyo extracto fue publicado en la Gaceta de la Propiedad Industrial núm. 491 del 24 de abril de 2000.

  2. La actora presentó demanda de observación al registro de la marca FIGURA DE UN ANIMAL SALVAJE EN POSICIÓN DE AVANZADA, en razón a ser la titular en Colombia de la FIGURA DE UN RINOCERONTE O ANIMAL SALVAJE EN POSICIÓN DE AVANZADA para distinguir productos en la Clase 25, bajo el certificado núm. 199425, vigente hasta el 23 de julio de 2007.

  3. Mediante las resoluciones acusadas se declaró infundada la oposición presentada por la actora y, en consecuencia, se concedió el registro de la marca FIGURA DE UN ANIMAL SALVAJE EN POSICIÓN DE AVANZADA.

  4. La Resolución que resolvió el recurso de apelación fue notificada personalmente al apoderado de la actora el 21 de mayo de 2001, luego es oportuna la presentación de la demanda.

c.- Las normas presuntamente violadas y el concepto de la violación.

La actora considera que con la expedición de los actos acusados se violaron los artículos 81, 83, literal a), 146 y 147 de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, estructurando para el efecto lo siguientes cargos:

Primer cargo.- Los actos acusados violan, por falta de aplicación, el artículo 81 de la Decisión 344, por cuanto la FIGURA DE UN ANIMAL SALVAJE EN POSICIÓN DE AVANZADA solicitada por RED BULL GmbH no cumple con los requisitos de perceptibilidad, distintividad y susceptibilidad de representación gráfica.

La distintividad hace referencia a la capacidad de la marca para identificar productos y servicios en el mercado. En este sentido, la marca goza de distintividad cuando es novedosa en relación con determinados productos y servicios, y cuando en relación con...

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