Sentencia nº 08001-23-31-000-1997-7693-01(12942) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 5 de Septiembre de 2002
Fecha | 05 Septiembre 2002 |
Número de expediente | 08001-23-31-000-1997-7693-01(12942) |
Emisor | SECCIÓN CUARTA |
Materia | Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo |
Tipo de documento | Sentencia |
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION CUARTA
Consejera ponente: LIGIA LÓPEZ DÍAZ
Bogotá D.C. ciinco (5) de septiembre de dos mil dos ( 2002 )
Radicación número: 08001-23-31-000-1997-7693-01(12942)
Actor: SOCIEDAD INSTRUBIOQUIMICA LTDA.
Demandado: DIAN DEL ATLANTICO
Referencia: IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1988
FALLO
Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia del 5 de septiembre de 2000, mediante la cual el Tribunal Administrativo Sala de Descongestión Sede Barranquilla, accedió a las súplicas de la demanda en el juicio de nulidad y restablecimiento del derecho incoado por la sociedad INSTRUBIOQUIMICA LTDA. en contra de los actos administrativos por medio de los cuales la Administración Especial de Impuestos Nacionales Regional Atlántico corrigió el impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 1988.
El 29 de septiembre de 1989, la sociedad INSTRUBIOQUIMICA LTDA., presentó declaración de impuesto sobre la renta por el año gravable 1988, denunciando los siguientes valores:
|16. TOTAL INGRESOS NETOS |$ 14.738.974 |
|17. Inventario Inicial |$ -.- |
|18. Más: Compras |$ 7.397.112 |
|19. Más: salarios, prestaciones y otros pagos laborales | -.- |
|20. Más: Intereses y demás gastos financieros | -.- |
|21. Más: Comisiones, honorarios y servicios | -.- |
|22. Más: D., amortizaciones y agotamiento |$ 694.062 |
|23. Más: Otros costos y deducciones |$ 1.082.838 |
|24. Menos: Inventario final |$ 1.750.050 |
|25. TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES |$ 14.734.016 |
Mediante la Liquidación Oficial de Corrección Aritmética No. 000165 del 20 de junio de 1991, la División de Liquidación de la Administración Local del Atlántico liquidó en el renglón 25 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES la suma de $ 7.423.162, fijó sanción por extemporaneidad y por corrección aritmética, determinando un saldo a pagar de $3.003.000.
El 15 de agosto de 1991 la sociedad demandante radicó ante la División de Liquidación de la misma Administración, recurso de reconsideración en contra de la Liquidación Oficial de Corrección Aritmética y simultáneamente solicitó corregir la declaración presentada inicialmente teniendo en cuenta que no se modifica el saldo a favor, en los renglones que determinan el “TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES”, de la siguiente forma:
|16. TOTAL INGRESOS NETOS |$ 14.738.974 |
|17. Inventario Inicial |$ -0- |
|18. Más: Compras |$ 7.397.112 |
|19. Más: salarios, prestaciones y otros pagos laborales |$ 2.170.578 |
|20. Más: Intereses y demás gastos financieros |$ 1.153.066 |
|21. Más: Comisiones, honorarios y servicios |$ 3.987.210 |
|22. Más: D., amortizaciones y agotamiento |$ 694.062 |
|23. Más: Otros costos y deducciones |$ 1.082.838 |
|24. Menos: Inventario final |$ 1.750.050 |
|25. TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES |$ 14.734.016 |
La solicitud de corrección fue negada por la misma División de Liquidación, mediante Resolución No. 00005 del 25 de enero de 1992 por considerar que no era la Oficina competente para conocer del asunto.
Contra el anterior acto administrativo, la sociedad actora interpuso el recurso de reconsideración, el cual fue resuelto por la División Jurídica mediante Resolución No. 0009 del 15 de febrero de 1993, señalando que contra la liquidación oficial de corrección procedía únicamente el recurso de reconsideración el cual fue erróneamente presentado ante la División de Liquidación.
En cuanto al proyecto de corrección presentado, negó la pretensión del recurrente por existir una liquidación oficial de corrección en firme.
LA DEMANDA
Pretende la nulidad de la Liquidación de Corrección Aritmética No. 000165 del 20 de junio de 1991 y de la Resolución No. 0009 del 15 de febrero de 1993, proferidas por la División de...
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