Sentencia nº 4381 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 17 de Julio de 1997 - Jurisprudencia - VLEX 52601286

Sentencia nº 4381 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 17 de Julio de 1997

Número de expediente4381
Fecha17 Julio 1997
EmisorSECCIÓN PRIMERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION

PRIMERA

Consejero ponente: LIBARDO RODRIGUEZ RODRIGUEZ

Santa Fe de Bogotá, D.C., diecisiete de julio de mil novecientos noventa y siete

Radicación número: 4381

Actor: R.M.P.G.

Demandado: DIRECTOR DEL FONDO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS DEL DISTRITO CAPITAL DE SANTA FE DE BOGOTÁProcede la Sección Primera a dictar sentencia de segunda instancia para resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, el 30 de septiembre de 1996.

  1. - ANTECEDENTES

    1. - El actor, el tipo de acción incoada y las pretensiones de la demanda

      La ciudadana R.M.P.G., en ejercicio de la acción consagrada en el artículo 84 del C.C.A,. solicitó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, la declaratoria de nulidad de la Resolución No.024 de 10 de Junio de 1994, "por la cual se declara urgencia manifiesta", expedida por el Director del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá y, como consecuencia de dicha declaración "... se declare la nulidad del Contrato No. 1289 - 13 del 27 de julio de 1994, suscrito al tenor de los artículos 44 numeral 4 y 45 de la Ley 80 de 1993 y se proceda a ordenar la liquidación del mismo".

    2. - Los hechos de la demanda

      Ellos son, en resumen, los siguientes (fls. 1 a 3 C.. P..) :

      Durante los días 31 de marzo y 1o. de abril de 1994 se presentaron dos fuertes aguaceros que afectaron la localidad de Ciudad Bolívar, registrándose agrietamientos en las viviendas de los barrios J.P.I., Sector Chaparral, Compartir, Brisas, J.J.R. y Bellavista, que amenazaron con derrumbarse, con grave riesgo para la vida y bienes de sus habitantes, en particular para 53 familias.

      Mediante comunicación fechada el 6 de abril de 1994, el Ingeniero F.M.T., ingeniero de la División de Estudios de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito Capital, informó al Director de la Oficina para la Prevención de Emergencias que con respecto a la solicitud de evaluación de la emergencia presentada en dicha localidad, se constató un desbordamiento del caño que pasa por esa zona, originando inundaciones y peligro a varias viviendas, y que hubo un deslizamiento causado por el vertimiento de aguas negras sobre el talud deslizante, por cuanto la zona carece de alcantarillado. Recomendó proceder a la construcción de dicho alcantarillado, pues su ausencia había sido el principal factor de la desestabilización del talud.

      El 5 de abril de 1994 se suscribió un Acta de Compromiso mediante la cual se creó un Comité de Trabajo conformado por la Junta de Acción Comunal, la Comunidad y el DAMA, con el fin de atender de manera urgente la posible calamidad que se presentaría por la época invernal.

      Luego de hacer alusión a diversos informes y comunicaciones dirigidos por la Junta de Acción Comunal Jerusalén Sector Canteras - Zona 19, el Coordinador General del Programa Ciudad Bolívar y el Secretario de Obras Públicas del Distrito Capital al Departamento Administrativo del Medio Ambiente - DAMA - , al Director del Fondo de Prevención y Atención de Desastres, al Director de la Oficina para la Prevención de Emergencias - OPES - y al Concejo Distrital respecto de los problemas de desestabilización del suelo de la zona, de los problemas que afrontaban las viviendas de las familias allí ubicadas, de tramitar ante la Caja de Vivienda Popular el traslado transitorio de dichas familias a otro sitio más seguro, la demandante manifiesta que se expidió el acto acusado, en desarrollo del cual se suscribió "... el contrato de prestación de servicios núm. 1289 - 13 / 94 entre la Fiduciaria La Previsora S.A. y M.P.P.R. con base en el contrato de fiducia pública No.01 celebrado entre el Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá y Fiduciaria La Previsora S.A., con el objeto de prestar sus servicios profesionales en el proyecto de factibilidad en la Localidad 19 de Ciudad Bolívar para el mejoramiento y / o relocalización de asentamientos humanos en zonas de alto riesgo, incrementando la conservación...

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