Resolución número 00000477 de 2014, por la cual se corrige la anotación número 7 y la número 8 de los folios de Matrícula Inmobiliaria 50S-40127704 y 50S-40126729 respectivamente y se ordena el cierre de los mismos. Exp. número A.A. 126 de 2013 - 20 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 540040770

Resolución número 00000477 de 2014, por la cual se corrige la anotación número 7 y la número 8 de los folios de Matrícula Inmobiliaria 50S-40127704 y 50S-40126729 respectivamente y se ordena el cierre de los mismos. Exp. número A.A. 126 de 2013

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49310

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 30 del Decreto 2163 de 2011, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,

CONSIDERANDO:

Se encuentra constituido por la inscripción de la medida cautelar de embargo, comunicada a esta Oficina mediante Oficio número 0670 del 10-03-2011 proferido por el Juzgado 38 Civil Municipal de Bogotá, D. C., dentro del proceso ejecutivo singular número 200701251, de del BCSC S. A. contra Ana Rosalba Rojas y otro, registrada en la anotación número 07 y en la número 8 de fecha 20-06-2011 bajo el turno de radicación de documento número 2011-54800 de los folios de Matrículas Inmobiliarias número 50S-40127704 y 50S-40126729 respectivamente, por encontrarse estos últimos folios de matrícula englobados en el nuevo folio de matrícula número 50S-40391928, según escritura 1463 del 03-04-2002 de la Notaría 19 de Bogotá.

Que mediante Oficio número 0599 de fecha 21 de febrero de 2013, radicado ante esta Oficina el 23 de abril de 2013 bajo el número 50S2013ER10352, el Juzgado 38 Civil Municipal de Bogotá, D. C., comunica a esta Oficina "se sirva informar lo acontecido respecto del registro de la medida de embargo que fuere comunicada mediante Oficio número 0670 de marzo 10 de 2011, de los inmuebles identificados con los folios de Matrículas Inmobiliarias 50S-40126729 y 50S-40127704.

Lo anterior teniendo en cuenta que las citadas matriculas fueron canceladas y se abrió un nuevo folio de matrícula que corresponde a 50S-40391928".

Por lo anterior, esta Oficina mediante Oficio número 50S-2013EE020210 del 18 de junio de 2013, absuelve las inquietudes expuestas por el juzgado y solicita al juzgado levantar la medida cautelar registrada en las anotaciones número 7 y 8 de los folios de Matrículas Inmobiliarias número 50S-40127704 y 50S-40126729, respectivamente, para proceder a cerrar los folios en mención, por haberse englobados en el nuevo Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40391928.

Con fundamento en lo anterior y mediante Auto del 19 de agosto de 2014, se inició la...

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