Acuerdo número 022 de 2014, por el cual se determina la estructura interna de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), se asignan las funciones y responsabilidades de las dependencias que la conforman y se dictan otras disposiciones - 22 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 540351542

Acuerdo número 022 de 2014, por el cual se determina la estructura interna de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), se asignan las funciones y responsabilidades de las dependencias que la conforman y se dictan otras disposiciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín49312

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las previstas en el artículo 27 (literal f)) de la Ley 99 de 1993 y el artículo 24 (numerales 6) de la Resolución número 703 de 2003, expedida por el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por medio de la cual se aprobaron los Estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO:

Que el Comité de Dirección de la CAR realizado el día 2 de octubre de 2012 definió y aprobó la Misión y la Visión Corporativas para un horizonte de tiempo que cubre hasta el año 2023, previa realización de talleres de análisis de las políticas, objetivos y estrategias institucionales, de los cambios normativos y de la visión que habrá de orientar los procesos de planificación de la entidad.

Que en el marco de esas nuevas orientaciones corporativas, se adelantó el proceso de construcción y formulación del Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2012-2023 y el Plan de Acción PA 2012-2015, los cuales fueron aprobados mediante los Acuerdos de Consejo Directivo números 027 y 028 de 9 de noviembre de 2012, respectivamente.

Que, asimismo, mediante un trabajo conjunto y participativo de los equipos directivo y asesor de la CAR, el 12 de julio de 2013 se validó el nuevo Mapa de Operación por Procesos, el cual introdujo cambios en el modelo de intervención de la CAR como máxima autoridad ambiental de la región, en concordancia con los planes institucionales y las políticas nacionales sobre gestión pública y modernización del Estado.

Que con el fin de facilitar el cumplimiento de la misión, objetivos y funciones; garantizar la ejecución de los planes; asegurar la consecución de las metas definidas en el PGAR y en el PA, y aproximar a la CAR a la concreción de su visión, se determinó la necesidad de elaborar un estudio técnico que desarrollara el modelo de operación por procesos, armonizado con la misión, la visión, los objetivos, las funciones y los planes de acción de mediano y largo plazo, así como la administración efectiva y transparente de los recursos económicos de la Corporación, para definir los parámetros generales por tener en cuenta en la nueva estructura interna de la entidad.

Que para tal efecto, se contrató a un equipo consultor especializado de la Universidad Nacional de Colombia, que elaboró el estudio técnico para formular el rediseño organi-zacional de la Corporación, así como el correspondiente ajuste de planta de personal de la entidad, teniendo en cuenta los contextos interno y externo; las disposiciones legales vigentes que en diversos ámbitos debe observar la CAR; los antecedentes históricos, la situación actual y la prospectiva de la organización; las políticas del Gobierno nacional en materia de organización y funcionamiento de las entidades públicas; y la Guía Metodológica de Modernización de las Entidades Públicas, versión 2012, emanada del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP).

Que producto de este trabajo, el grupo consultor mencionado entregó el documento denominado "Estudio técnico soporte de la propuesta de rediseño organizacional y ajuste de la planta de personal de la CAR", sobre el cual se procedió a efectuar una revisión interna por parte de las distintas dependencias de la entidad y posteriormente se entregó al Consejo Directivo para su conocimiento.

Que, igualmente, el Consejo Directivo de la CAR efectuó un análisis preliminar del tema y conformó una comisión de estudios para revisar detalladamente la propuesta generada, la cual se reunió durante los días 26 de agosto, 2, 9 y 30 de septiembre y 7 de octubre de 2014, producto de las cuales se definió una versión ajustada de la propuesta de estructura interna de la entidad, que se sometió por parte de la Dirección General de la CAR a consideración de este órgano, para su correspondiente aprobación.

Que el artículo 27 (literal f)) de la Ley 99 de 1993, en concordancia con el artículo 24 (numeral 6) de la Resolución 703 de 2003, expedida por el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por medio de la cual se aprobaron los Estatutos de la Corporación, establecen que es función del Consejo Directivo de las corporaciones autónomas regionales, "determinar la estructura interna de la corporación para lo cual podrá crear, suprimir y fusionar dependencias y asignarles responsabilidades conforme a la ley".

Que de conformidad con lo anterior, se requiere establecer una nueva estructura interna de la CAR, con el objeto de asignar funciones y responsabilidades a las dependencias de la entidad, que permitan operar en función de un nuevo modelo de gestión, orientado a facilitar la coordinación y articulación integral de todos los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación, para asegurar el cumplimiento de las funciones y responsabilidades institucionales.

Que en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo

ACUERDA:

Artículo 1º Objeto.

El objeto del presente acuerdo es determinar la estructura de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en la forma como se establece en el presente acuerdo.

Artículo 2º Órganos de dirección y administración. Son órganos de dirección y administración de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), la Asamblea Corporativa, el Consejo Directivo y la Dirección General, los cuales cumplirán las funciones señaladas en la Ley 99 de 1993, en los Estatutos de la CAR y en las demás disposiciones legales vigentes.
Artículo 3º Estructura interna.

La estructura interna de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) será la siguiente:

  1. Dirección General.

    1.1. Secretaría General.

    1.2. Dirección de Control Disciplinario Interno.

    1.3. Oficina de Control Interno.

    1.4. Oficina de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).

    1.5. Oficina de Talento Humano.

    1.6. Oficina Asesora de Planeación.

    1.7. Oficina Asesora de Comunicaciones.

    1.8. Fondo para las Inversiones Ambientales en la Cuenca del Río Bogotá (FIAB).

  2. Dirección de Monitoreo, Modelamiento y Laboratorio Ambiental.

  3. Dirección de Gestión del Ordenamiento Ambiental y Territorial.

  4. Dirección de Evaluación, Seguimiento y Control Ambiental.

  5. Dirección Jurídica.

  6. Dirección Operativa y de Infraestructura.

  7. Dirección de Cultura Ambiental y Servicio al Ciudadano.

  8. Dirección Administrativa y Financiera.

  9. Direcciones Regionales.

Artículo 4º Funciones de la Dirección General.

Son funciones de la Dirección General:

  1. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad y ejercer su representación legal.

  2. Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo y de la Asamblea Corporativa.

  3. Presentar para estudio y aprobación del Consejo Directivo los planes y programas que se requieran para el desarrollo del objeto de la Corporación, el proyecto de presupuesto, así como los proyectos de organización administrativa y de planta de personal de la misma.

  4. Proponer al Consejo Directivo la expedición de normas generales que requiera la entidad.

  5. Presentar al Consejo Directivo los informes que le sean solicitados, sobre la ejecución de los planes y programas de la Corporación; su situación financiera y sobre el avance del plan de acción, de acuerdo con los presentes estatutos.

  6. Proponer al Consejo Directivo los proyectos sobre cobro y forma de recaudación de las sumas que se causen por los servicios que preste la Entidad, teniendo en cuenta las normas legales vigentes que regulen la materia.

  7. Proponer al Consejo Directivo el monto de las tasas y derechos que deban cobrarse por el aprovechamiento de los recursos naturales, teniendo en cuenta las normas legales vigentes que regulan la materia.

  8. Presentar informes al Consejo Directivo...

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