Sentencia nº 37201100372 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 23 de Agosto de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 544185798

Sentencia nº 37201100372 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 23 de Agosto de 2011

Número de sentencia37201100372 01
Fecha23 Agosto 2011
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ

SALA CIVIL

Magistrado Ponente:

MARCO ANTONIO ÁLVAREZ GÓMEZ

Bogotá, D.C., veintitrés (23) de agosto de dos mil once (2011).

Ref: Acción de tutela de N.S.G. en nombre propio y en representación de su hijo J.N.M.S., contra el Instituto de Seguros Sociales.

(Discutido y aprobado en sesión de la misma fecha).

Decide la Sala la impugnación presentada por los accionantes contra la sentencia de 8 de agosto de 2011, proferida por el Juzgado 37 Civil del Circuito de la ciudad dentro del proceso de la referencia.

ANTECEDENTES
  1. Obrando en nombre propio y en representación de su hijo J.N.M.S., la señora N.S.G. solicitó, como mecanismo transitorio, la protección de su derecho fundamental de petición y, por conexidad, de los derehos de la familia, a la protección especial de las madres cabeza de familia y a la seguridad social, que consideró vulnerados por el Instituto de Seguro Social, dado que, de una parte, se negó a reconocerle la pensión de sobreviviente de quien fuera su compañero, el señor F.A.M., fallecido el 29 de noviembre de 2004, y de la otra, dilató el trámite de los recursos formulados en la vía gubernativa contra esa decisión, amén de que apeló, con la misma finalidad, la sentencia proferida el 17 de junio por el Juzgado 13 Laboral del Circuito de Bogotá dentro del proceso ordinario que adelanta contra dicho organismo, mediante la cual se les reconoció la referida prestación.

    Señaló la accionante que su situación económica es precaria pues está desempleada, por lo que pidió que se le ordene al ISS el reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente, en los términos señalados en la aludida sentencia.

  2. El Instituto del Seguro Social no se pronunció sobre la acción de tutela, pese a que fue notificado.

    LA SENTENCIA IMPUGNADA

    El juez negó el amparo suplicado porque el fallo de reconocimiento de la pensión de sobrevivientes no se encuentra ejecutoriado, como quiera que contra él se interpuso recurso de apelación, cuya resolución está pendiente, a lo que agregó que no se probó la existencia de un perjuicio irremediable que justificara la invocación de la tutela como mecanismo transitorio.LA IMPUGNACIÓN

    El accionante impugnó el fallo de primera instancia para que fuera revocado, insistiendo en los argumentos de su demanda, específicamente en que debe evitarse un perjuicio irremediable.

    CONSIDERACIONES

  3. Para confirmar la sentencia impugnada basta señalar que la tutela, por regla general, no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR