Sentencia nº 038200900049 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 3 de Julio de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 544611230

Sentencia nº 038200900049 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 3 de Julio de 2012

Número de sentencia038200900049 01
Fecha03 Julio 2012
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ

SALA CIVIL

Magistrado Ponente:

MARCO ANTONIO ÁLVAREZ GÓMEZ

Bogotá D.C., tres (3) de julio de dos mil doce (2012)

Ref.: Proceso ordinario de L.A.R.

contra el BBVA Colombia S.A.

(Discutido y aprobado en sesión de 20 de junio de 2012)

Decídese el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de 27 de febrero de 2012, proferida por el Juzgado 10º Civil del Circuito de Descongestión de la ciudad dentro del proceso ordinario de la referencia que cursa en el Juzgado 38º Civil del Circuito de Bogotá

ANTECEDENTES
  1. El señor L.A.R. llamó a proceso ordinario al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Colombia S.A. “BBVA”, para que se declare la existencia de los contratos de cuenta corriente celebrados bajo los números 418004016 y 023000169, así como su incumplimiento por la sociedad demandada, a quien debía condenársele a pagar, a titulo de daño emergente, la suma de $160’655.900,oo, y por lucro cesante $70’000.000,oo, en ambos casos con intereses moratorios.

  2. Para sustentar sus pretensiones, el demandante adujo que entre las partes fueron celebrados dos contratos de cuentacorriente bancaria, en las que sólo él podía girar cheques, tras lo cual añadió que el 24 de abril de 2008 le fue desembolsado a la cuenta No. 023000169, un préstamo que le hizo el Banco por $108’082.162,33.

    A continuación señaló que de la cuenta 418004016 se extraviaron los cheques Nos. 0000464, 0000465, 0000466, 0000467 y 0000468, mientras que de la cuenta 023000169 se perdieron y cobraron los cheques Nos. 0000973, 0000975, 0000976, 0000977, 00001020, 00001022, 00001023, 00001025, 00001026, 00001027, 00001028, por un valor total de $120’655.000,oo, títulos éstos que se cobraron, consignaron, endosaron y tuvieron toda clase de tráfico en el término de dos días hábiles (29 y 30 de abril de 2008), sin que esa situación le hubiere generado sospecha de irregularidad al Banco, quien no confirmó las diversas y extrañas transacciones, máxime si el demandante nunca, durante el tiempo que llevaba como cuentacorrentista, había movido tan grandes sumas de dinero y menos en tan pocos días.

    De otra parte, sostuvo que luego de observar la ausencia de los cheques aludidos, confirmó que el saldo de su cuenta había disminuido en una suma superior a $100’000.000,oo, por lo que de manera inmediata procedió a dar orden de no pago, a presentar la denuncia respectiva, y a informar por escrito el 2 de mayo de 2008.

  3. Notificado el auto admisorio de fecha 6 de febrero de 2009, la sociedad demandada se opuso a las pretensiones y planteó como defensas la “culpa exclusiva de la victima”; “cumplimiento de las obligaciones a cargo del BBVA”; “incumplimiento de la obligación de custodia por el cuentacorrentista”, “falta de aviso oportuno”, “hecho de un tercero” y “buena fe”.

    LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

    La juzgadora de primer grado negó las pretensiones porque el demandante sólo avisó al Banco de la perdida de los formularios con posterioridad a su pago (dos días después de la emisión), a lo que añadió que el demandante fue negligente en el manejo de sus negocios, amén de que no demostró que la firma y sello impuestos en los cheques eran notoriamente falsos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR