Sentencia nº 040201100484 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 6 de Marzo de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 544612678

Sentencia nº 040201100484 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 6 de Marzo de 2014

Número de sentencia040201100484 01
Fecha06 Marzo 2014
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ

SALA CIVIL

Magistrado Ponente:

MARCO ANTONIO ÁLVAREZ GÓMEZ

Bogotá D.C., seis (6) de marzo de dos mil catorce (2014)

Ref.: Acción de popular de G.A.G.

contra el Publicaciones Semana S.A. y otro.

(Discutido y aprobado en sesión de la misma fecha)

Se decide el recurso de apelación que presentó la parte demandante contra la sentencia de 27 de noviembre de 2013, proferida por el Juzgado 40 Civil del Circuito de la ciudad dentro del proceso de la referencia.

ANTECEDENTES
  1. El señor G.A.G. demandó a las sociedades Publicaciones Semana S.A. y Bavaria S.A. por violación de los derechos e intereses colectivos previstos en los literales g) y n) del artículo 4º de la Ley 472 de 1998, por lo que pidió disponer que las demandadas corrijan la omisión en la que incurrieron en la edición No. 124 de la Revista SOHO, respecto de la publicidad de bebidas alcohólicas, y que se abstengan de realizar ese tipo de difusiones sin el cumplimiento de las disposiciones vigentes.

    También pidió que se le reconozca el correspondiente incentivo.

  2. El señor G. justificó su demanda en que la sociedad Publicaciones Semana S.A., propietaria de la Revista SOHO, expuso en la página 120 de la edición No. 134 de esa publicación, “un producto de bebida alcohólica denominado ‘Cerveza Águila’ (…) de propiedad de Bavaria S.A. (…), sin que se observen las leyendas que por ley deben estar consignadas cuando se trata de bebidas alcohólicas” (fl. 179, cdno. 1), lo que contraría la Ley 30 de 1986 y la Ley 124 de 1994.

  3. La sociedad Publicaciones Semana S.A. se opuso a las pretensiones y formuló las defensas que denominó: “caducidad”, “falta de legitimación en la causa”, “improcedencia de la acción”, “prescripción”, “sustracción de materia”, “idoneidad de la acción propuesta” y “cosa juzgada o agotamiento de jurisdicción”.

    Por su parte, Bavaria S.A. contestó la demanda y propuso las excepciones que tituló: “falta de legitimación por pasiva” e “inexistencia del hecho que atente contra la salubridad y seguridad pública, los derechos de los consumidores y los derechos de los menores de edad”.

  4. El juzgado enteró de la acción popular al Ministerio Público, a la Secretaría Distrital de Salud, al INVIMA y a los miembros de la comunidad.LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

    La juzgadora de primer grado declaró probada la excepción de falta de legitimación en la causa propuesta por la sociedad Bavaria S.A. y negó, por sustracción de materia, la pretensión relativa a la corrección de la publicidad que se hizo en la edición 134 de la Revista SOHO. Así mismo, requirió...

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