Sentencia nº 110013103030199901675 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 5 de Septiembre de 2005 - Jurisprudencia - VLEX 544615842

Sentencia nº 110013103030199901675 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 5 de Septiembre de 2005

Número de sentencia110013103030199901675 01
Fecha05 Septiembre 2005
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

DE BOGOTÁ

SALA DE DECISIÓN CIVIL

Magistrada Ponente:

DORA CONSUELO BENÍTEZ TOBÓN

Bogotá D. C., cinco (5) de septiembre de dos mil cinco (2005)

(Discutido y aprobado en sesión de Sala de 9 de agosto de 2005).

Referencia: Exp. 110013103030199901675 01

Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de 10 de marzo de 2005, proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Pacho Cundinamarca en descongestión del Juzgado 30 Civil del Circuito de esta ciudad dentro del proceso ordinario instaurado por F.M. Discos y Cintas S.A. contra BBV Banco Ganadero S.A.

  1. EL LITIGIO

    1. Se trata de un proceso de responsabilidad civil extracontractual, mediante el cual se pretende que se declare civilmente responsable a la entidad demandada, por los perjuicios causados en razón de la apertura irregular de la cuenta de ahorros 417-01013-9, “donde se consignó un cheque hurtado a la sociedad demandante”; que, en consecuencia, se le condene a pagar $18’871.815, que fue el importe del referido título-valor, ajustado con la corrección monetaria “desde la fecha de pago del cheque”.

    2. La causa para pedir admite el siguiente compendio:

      1. El 28 de mayo de 1998, F.M. Discos & Cintas S.A. giró a favor de D.L.. un cheque por $18’871.815, para pagar únicamente al primer beneficiario.

      2. El mencionado título-valor fue “sustraído ilícitamente de las instalaciones de la sociedad demandante” y luego fue consignado en la cuenta abierta el 1° de junio de 1998, en la sucursal centro 93 del BBV Banco Ganadero a favor de D.L.. y, posteriormente se retiró el dinero.

      3. Para la apertura de la referida cuenta, el banco demandado aceptó documentos falsos, tales como la contraseña 0509587-5 de la Registraduría Nacional del Estado Civil y la fotocopia del NIT 800.120.813 código 03 de Bogotá DV 1.

      4. El Banco Ganadero omitió exigir los requisitos previstos por la Superintendencia Bancaria en las circulares 072 y 074 de 1996, específicamente fotocopia de la declaración de renta del último periodo gravable, extractos de los últimos tres meses y los estados financieros certificados a la última fecha de corte; igualmente omitió confirmar la información suministrada al momento de apertura de la susodicha cuenta.

      5. Con su conducta omisiva el banco demandado permitió el cobro del cheque en perjuicio de la sociedad actora.

    3. La entidad bancaria demandada se opuso al éxito de las pretensiones y formuló las excepciones de culpa de la demandante en la custodia de cheques, culpa de la demandante al no haber avisado oportunamente sobre el extravío del cheque, falta de legitimación en causa activa en F. y M. Discos y Citas Ltda., cumplimiento por el Banco Ganadero de todos los requisitos para la apertura de la cuenta de ahorros...

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