Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 26967 de 7 de Marzo de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 552494362

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 26967 de 7 de Marzo de 2006

Sentido del falloNO CASA
Tribunal de OrigenTribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia
Fecha07 Marzo 2006
Número de expediente26967
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia Ubier de J.Q.H.

Vs.

BAVARIA S.A.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL


MAGISTRADO PONENTE: CARLOS ISAAC NADER


ACTA Nº 18

RADICACIÓN Nº 26967


Bogotá D.C., Siete (07) de Marzo de dos mil seis (2006)



Resuelve la Corte el recurso de casación interpuesto por el apoderado de UBIER DE J.Q.H. contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, de fecha 24 de febrero de 2005, dentro del proceso ordinario que le promoviera a BAVARIA S.A.



ANTECEDENTES


Pretendió el demandante el reconocimiento en forma vitalicia de la pensión de jubilación convencional, a la que –según el- tenía derecho por haber sido retirado de la empresa con ocasión del cierre de las instalaciones de ésta en la ciudad de Armenia. Así mismo, demandó el pago de una bonificación pensional, también convencional, como igualmente solicitó la indemnización consagrada en el aludido convenio por clausura de la empresa y no reubicación laboral.



Adujo su apoderado que la sociedad demandada estableció un plan de retiro voluntario para proceder a terminar los contratos de trabajo de los empleados de la planta de Armenia. Provocó así la renuncia forzada de sus trabajadores, quienes, como él, firmaron una conciliación, la cual -dice el libelista- no puede vulnerar sus derechos ciertos e indiscutibles, como la pensión jubilatoria consagrada en la cláusula 52 de la convención colectiva vigente, de la cual era beneficiario. Tal acuerdo ordena, además, el pago de las bonificaciones cobradas para el caso del cese de las labores en las plantas de producción.



La demandada se opuso a las condenas solicitadas, aun cuando aceptó la existencia de la relación laboral con el actor y los extremos temporales del contrato de trabajo con él celebrado, al igual que los acuerdos convencionales esgrimidos. Fue enfática en negar el derecho pensional reclamado porque el retiro del demandante se produjo de manera voluntaria, en acogimiento al plan de retiro ofrecido, razón por la cual la terminación del contrato se produjo por mutuo consentimiento. Propuso las excepciones de buena fe, cobro de lo no debido, pago, cosa juzgada, indebida interpretación de normas convencionales y carencia de derecho.



En fallo del 5 de octubre de 2004 el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Armenia, que tramitó el litigio en primera instancia, absolvió a la demandada, sentencia apelada y confirmada en todas sus partes por el Tribunal Superior de Armenia.


II. SENTENCIA DEL TRIBUNAL


La Corporación de instancia, en lo atinente al recurso extraordinario, encontró demostrada la forma convenida de la terminación del contrato de trabajo entre las partes. Tuvo en cuenta, para ello, la documental arrimada al expediente (folios 22 y 273), fechada el 21 de septiembre de 2001, de cuyo contenido colige la aquiescencia de empleadora y trabajador para terminar por muto acuerdo la relación de trabajo existente entre ellos.



Anota el Tribunal, además, que ese consenso fue admitido expresamente en el interrogatorio de parte rendido por el actor, así como ratificado por varios testigos, quienes desmienten la supuesta presión para formalizar el acuerdo conciliatorio. Deja en claro, también, que el método utilizado por Bavaria S.A. de ofrecer un plan de retiro a los trabajadores para poder proceder a cerrar su planta de Armenia no comportó nada ilegal.



Basado el ad quem, pues, en la inexistencia de un despido, negó la aplicación de las tres cláusulas convencionales: 14, 52 y 53, para lo cual hizo el análisis de su contenido y concluyó que no venían al caso. Anota finalmente que el ofrecimiento de la bonificación de $98.230.373 al trabajador fue cumplida por la empresa una vez aquel se acogió al plan de retiro voluntario, real causa de la terminación del contrato.



RECURSO DE CASACIÓN


Lo interpuso el accionante y fue oportunamente replicado por la sociedad demandada. Se pretende con él la casación del fallo de segundo...

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